La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sometido a consulta pública el esperado Código de buenas prácticas para inversores institucionales, gestores de activos y asesores de voto. Consta de siete grandes principios, es de carácter voluntario y habrá un periodo de adaptación de tres años para las entidades que decidan adherirse.
Aunque el Código va dirigido a los grandes inversores con sede en España, también lo pueden aplicar inversores o gestores de otras jurisdicciones.
Para su elaboración, el supervisor español se ha apoyado en un Grupo Consultivo conformado por casi una veintena de organizaciones y personas: el Banco de España, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, AEB, CECA, Inverco, Unespa, las consultoras ‘Big Four’ (Deloitte, EY, KPMG y PWC), despachos como Garrigues o Uría y Menéndez, proxies advisors como Georgeson o Morrow Sodali y, a título personal, Manuel Conthe, entre otros miembros del grupo.
En la propuesta que se somete a consulta, el Código cuenta con siete principios, que abarcan aspectos tales como “la necesidad de invertir y contar con una estrategia a largo plazo, el conocimiento y seguimiento de las empresas en las que se invierte, el desarrollo y publicidad de la política de implicación, el ejercicio del derecho de voto, la transparencia de las actuaciones de implicación realizadas y de sus resultados, la gestión de conflictos de intereses, y el gobierno corporativo interno y la política retributiva”. Para leerlos en detalle, consulte aquí.
Según el supervisor de los mercados, el objetivo de este tipo de códigos es promover una mayor implicación de los inversores institucionales y gestores de activos con las empresas cotizadas, para que estas cuenten con “inversores mejor informados, más activos y más involucrados en su estrategia y sus decisiones”.
Proporcionalidad
En otras palabras, la CNMV quiere fomentar la inversión de largo plazo en las compañías en contraposición a aquellos inversores que hacer trading de corto plazo con sus acciones o, incluso, se ponen cortos de las mismas. De esta forma, se reduciría la alta volatilidad del mercado y suavizaría las fases bajistas.
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La aplicación del Código seguirá el criterio de proporcionalidad en función del tamaño, escala o complejidad de la entidad, así como de la naturaleza de los inversores y recursos de las empresas en las que se invierta.
Además de entroncar inversores con empresas invertidas, también se incide en la exposición a los riesgos de sostenibilidad ahora que aumentan los casos de ‘greenwashing’ o ‘ecoblanqueo’ en el mercado y que a partir de agosto el test MiFID de los asesores financieros a sus clientes deberá incluir preguntas sobre inversión sostenible y socialmente responsable.
El organismo presidido por Rodrigo Buenaventura considera relevante que las entidades que, voluntariamente, decidan adherirse al Código, se comprometan a aplicar “todos y cada uno de los principios del Código”. En todo caso, a pesar del periodo transitorio de tres años, se considera que el principio número seis, relativo a la política de gestión de conflictos de intereses, “debe aplicarse desde el inicio, por ser consustancial con la operativa de cualquier inversor o gestor”.
El plazo para el envío de comentarios por parte de los interesados finaliza el próximo 16 de septiembre de 2022.