Heredar en vida para poder ver cómo los hijos disfrutan de los bienes es una práctica cada vez más habitual entre familiares. Esto se puede conseguir a través de donaciones de bienes y patrimonio, una maniobra con la cual se puede evitar la carga impositiva que supone el impuesto de sucesiones.
Sin embargo, esta práctica no está exenta de riesgo, ya que Hacienda puede detectar que se está usando con un fin diferente al que correspondería.
Es por ello por lo que, a la hora de llevar a cabo donaciones de dinero entre padres e hijos, hay una cantidad máxima que no se debería superar para que Hacienda no te vigile.
En este sentido, conviene hablar del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que es el que se encarga de gravar este tipo de transacciones, el cual varía en función de la comunidad autónoma en la que se lleve a cabo, considerando la región que ha sido la residencia de la persona que realiza la donación en los cinco años previos a la misma. No obstante, la Agencia Tributaria puede solicitar a las entidades bancarias cualquier operación que se realice entre cuentas por cualquier importe.
En todo caso, las entidades bancarias tienen la obligación de informar a Hacienda acerca de aquellos movimientos bancarios que superen los 3.000 euros.
Hay que tener en cuenta que las donaciones no están exentas de tributación aunque se encuentren por debajo de esta cuantía. De hecho, de acuerdo a la ley actual, no se establece un límite a partir del cual existe la obligación de declarar las donaciones.
Por lo tanto, esto quiere decir que toda cantidad donada debería ser declarada, si bien no es habitual que Hacienda persiga aquellas entregas de dinero en efectivo de bajo importe, ni tampoco los regalos de poco valor.
Cómo declarar una donación en España
Cuando se donan bienes que no son inmuebles, como dinero, fondos de inversión, acciones, etcétera, el beneficiario debe declarar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aplicando para ello la normativa de la comunidad autónoma en la que haya residido durante un mayor número de días en los cinco años previos a la donación.
Es conveniente presentar el impuesto, sobre todo si se ha donado una cantidad importante de dinero, puesto que, si la Agencia Tributaria descubre que, repentinamente, tienes una cantidad de dinero cuyo origen no se puede acreditar, se podría llegar a considerar que existe una "ganancia de patrimonio no justificada", lo que podría llevar a exigir que se tribute en el IRPF al tipo marginal, que puede alcanzar el 56% en algunas CCAA, además de tener que afrontar el pago de una sanción.
Por otro lado, en muchas comunidades autónomas, los importes que se deben pagar por donaciones de padres a hijos son reducidas al estar bonificadas. No obstante, para que se puedan aplicar estas últimas, es imprescindible presentar la declaración del impuesto dentro de los plazos legales para ello, que se establece en 30 días hábiles desde la donación, además de tener que formalizar las donaciones de dinero en documento público, en el cual debe figurar el origen de los fondos que han sido objeto de la donación.
Una vez dicho esto, para declararla, se puede acudir a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, para informar de la donación, disponiendo de los mencionados 30 días desde su realización para efectuar el trámite. En este proceso se deberá incluir la presentación de determinados formularios específicos, así como la aportación de documentación adicional, como tasación de bienes o contratos de donación.
Es por ello por lo que conviene asegurarse de disponer de todos los documentos que justifiquen la transacción, para luego calcular el impuesto a pagar usando las tarifas y bonificaciones aplicables según la comunidad autónoma.
Hecho esto, se podrán presentar los formularios requeridos, siendo necesario, por lo general, rellenar el modelo específico del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Recomendaciones para realizar una donación
A la hora de realizar una donación, es importante tener en cuenta una serie de consejos que son clave para poder transmitir un bien de la mejor forma posible, fiscalmente hablando, entre los que tenemos que destacar los siguientes:
- Lugar de residencia: el lugar de residencia es clave a la hora de realizar una donación, por lo que antes de proceder a la donación de un bien, hay que pensar que en muchas comunidades autónomas la herencia entre padres e hijos prácticamente no tributa. En función de cada caso en particular, puede llegar a ser más conveniente esperar a la herencia para ahorrar en impuestos. Por lo tanto, conviene hacer los correspondientes cálculos antes de tomar la mejor decisión.
- Sin pérdidas: es importante que nunca se donen bienes con pérdidas.
Sin acumulación de ganancias de patrimonio: A la hora de seleccionar los bienes a donar, es preferible optar por aquellos que no acumulen ganancias de patrimonio, siendo preferible, por ejemplo, donar dinero en efectivo a hacer la donación de un bien inmueble. - Fraccionar las donaciones: en aquellas comunidades autónomas en las que no hay ventajas para donaciones altas, es preferible fraccionar las donaciones con un intervalo de al menos tres años y un día entre cada una de ellas, dado que así se conseguirá reducir el tipo de gravamen aplicable.
- Fecha de donación: si te mudas de una comunidad autónoma a otra y vas a recibir una donación de dinero importante, hay que tener en cuenta que, si se reside allí menos de dos años y medio, se aplicará la normativa de la comunidad de procedencia, y solo si se supera este tiempo, se aplicará la de destino. Es necesario tener en cuenta la fecha de donación para que se aplique la normativa más favorable.