Será el próximo mes de abril cuando de comienzo la campaña de la Renta 2023, que como es habitual se extenderá hasta el último día de junio. Mientras tanto, nunca estaría de más conocer las últimas novedades que incorpora Hacienda y que pueden resultarnos muy interesantes a la hora de realizar la declaración.
Uno de las principales modificaciones hace referencia a la subida del salario bruto anual a partir del cual se hace necesaria la presentación de la declaración. Hasta la fecha, aquellos que percibían hasta 14.000 euros de un único pagador no tenían la obligación de asumir el IRPF, pero a partir de este año se amplía dicha condición hasta los que cobren 15.000 euros. Es cierto que la tributación estará condicionada a las condiciones personales que presente el contribuyente, donde se tomaría en cuenta por ejemplo el núcleo familiar.
Hay otro colectivo que también se libraría de abona el IRPF. Serían los pensionistas con más de 65 que contaran con ganancias patrimoniales en cualquiera de los siguientes casos que te detallamos:
- Venta de la vivienda habitual en donde haya tenido fijada su residencia durante los últimos tres años.
- Venta de una vivienda de nuda propiedad. En este caso, quedará exenta del IRPF, pero no así de la plusvalía municipal que corre a cuenta de las administraciones locales.
- Venta de un bien patrimonial, que no esté considerada vivienda habitual y contratación de una renta vitalicia asegurada, con un tope que no puede superar los 240.000 euros.
- Hipoteca inversa.
[Estos son los pensionistas que estarán exentos de hacer la declaración de la Renta este 2023]
¿Cuáles son las fechas de la campaña de la renta 2023?
Para muchos contribuyentes hacer la declaración de la renta supone todo un quebradero de cabeza. Toca reunir la mayor cantidad posible de información para cumplir con nuestras obligaciones con el fisco, pero la gran decepción la recibimos cuando nos sale a pagar. De la misma manera, hay otros ciudadanos que respiran más tranquilos sabiendo que les va a salir a devolver o que no tienen la obligación de realizarla.
La campaña de este año arrancará el próximo 11 de abril y concluirá el 30 de junio. En el caso de que pretendas que desde la Agencia Tributaria te hagan la declaración, desde el 3 de mayo se podrá hacer dicho trámite vía telefónica, mientras que las citas presenciales se abrirán el 25 de mayo. En las dos opciones, el día de petición acabará el 29 de junio. Como señalábamos con anterioridad, aquellos que presenten unos rendimientos brutos anuales por debajo de 15.000 euros quedarán exentos de presentar el IRPF.
El mismo 11 de abril los contribuyentes tendrán la posibilidad de tener su borrador por medio del sistema Renta Web. Este mecanismo permitirá confirmarlo al momento vía Internet o realizar modificaciones.
Aquellos que no cumplan con sus obligaciones con Hacienda y presenten la declaración fuera de plazo, que es el 30 de junio, tendrán que enfrentarse a importantes sanciones económicas. La cuantía variará según el retraso en el que se haga el trámite. En 2021 se elevaron hasta el 1% más un punto porcentual adicional por cada mes de atraso. En el caso de que el ciudadano alargue esto más allá de un año el recargo llegaría hasta el 15% más intereses de demora. Por lo que merece la pena hacerlo todo dentro de los plazos legales fijados por el Estado.
Un cambio importante que afectará a la mitad de los trabajadores
En la próxima campaña de la renta también se dejará notar otra importante novedad. Es la que hace referencia a la reducción por rendimientos del trabajo, que se aplicará a los sueldos brutos anuales que ronden entre los 15.000 y 21.000 euros. Según las estimaciones que maneja el Ministerio de Hacienda y Función Pública, dicha medida afectará a un importante número de contribuyentes. La reducción implicará una rebaja para la mitad de los trabajadores con un ahorro que llegaría hasta los 1.881 euros.
No se puede pasar por alto tampoco la deducción por maternidad. A partir de ahora se convierte en una ayuda universal que llegará a más personas. Tanto para las madres que carezcan de un empleo fijo o que se encuentren desempleadas, pero también para aquellas que tengan un máximo al mes de 100 euros por cada hijo con una edad inferior a los 3 años.
¿Qué cambios deberán afrontar los autónomos?
Los trabajadores por cuenta propia también experimentarán unos cuantos cambios en su próxima declaración de la renta. Los que se encuentren en estimación objetiva contarán con una rebaja del 5% en el IRPF. A esto se le une que se incrementará un 2% la deducción para gastos de difícil justificación, que dejará el 5% para colocarse en el 7%.
[Estas son las novedades fiscales que afectarán a los autónomos en la renta de 2023]
Hay otra novedad que también afecta a los autónomos. Los profesionales por cuenta propia que presenten la declaración conjunta con su pareja y cuenten como mínimo con dos hijos, el mínimo de tributación se elevará hasta los 19.000 euros.
También afecta a los planes de pensiones
Hasta el pasado año, la cantidad que el contribuyente podía deducir de sus planes de pensiones privados era de 2.000 euros. Pero a partir de ahora pasará a los 1.500 euros. Sin embargo, cuando se trate de un plan de pensiones de empresa, la deducción se amplía en 500 más hasta los 8.500 euros. Se trata de un método de ahorro en el que tiene puestas muchas esperanzas el Gobierno para garantizar el sistema de pensiones.