Las épocas de Navidad y verano son dos de los momentos del año en el que las familias acostumbran a tener que enfrentarse a una gran cantidad de gastos, derivado en el primer caso de las cenas y eventos, así como de los regalos propios de esta época, como en el segundo por el periodo de vacaciones y los viajes. Por todo ello, recibir un ingreso extraordinario es siempre una buena noticia, lo que hace que sea aconsejable conocer cómo calcular la paga extra de verano.
Conocer el método en el que se puede hacer el cálculo de la paga extra es importante para no equivocarse en la cuantía final, partiendo de la base de que la paga extraordinaria es un ingreso excepcional que se suma al salario que se recibe mensualmente. Aunque sea calificado como extraordinario, se trata de un derecho que está recogido en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores.
En el mismo se establece que cada trabajador tiene derecho a recibir dos pagas extraordinarias al año, aunque es habitual que exista una tercera paga denominada "paga de beneficios" que se obtiene al alcanzar unos objetivos concretos.
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Asimismo, hay trabajadores que no reciben una paga extra en Navidad y verano, ya que en su caso reciben una paga prorrateada, lo que hace que la cuantía de las mismas se reparta a lo largo de todos los meses del año. De esta manera, se recibe la nómina mensual con la diferencia de que es el resultado de dividir el salario anual con las pagas extras añadidas entre las doce mensualidades que corresponden a cada trabajador.
Cómo se calcula la paga extra de verano
En cálculo de la paga extra es idéntico en el caso de que se trate de la pagade Navidad o la de verano, además de que no varía independientemente de que sea normal o prorrateada. Es importante saber cuál es la cuantía, que viene definida por el convenio colectivo al que pertenezca el trabajador.
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Para empezar, hay que saber que el importe mínimo no puede ser inferior a 30 días del salario base del trabajador o del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para ello habrá que consultar el convenio colectivo para conocer los componentes de la paga extra.
Para cobrar el 100% de las pagas extra se debe haber trabajado durante los 12 meses anteriores al momento en el que se cobra. De esta manera, si, por ejemplo, un trabajador tiene como paga extraordinaria 1.500 euros y tan solo ha trabajado cuatro meses antes de la paga de verano, que se percibe el 30 de junio, habría que aplicar la siguiente fórmula:
- Cuantía de la paga x (meses trabajados / periodo de devengo de la paga)
De esta manera, en este caso sería: 1500 euros x (4/12) = 1500 euros x 0,33 = 495 euros, por lo que la cuantía que recibiría ese trabajador por haber trabajado tan solo cuatro meses antes de recibir la paga extra sería de 990 euros.
En el caso de la paga de Navidad se aplicaría la misma fórmula, pero en este caso modificando los meses trabajados, de modo que, según el ejemplo, quedaría de la siguiente forma: 1500 euros x (10/12) = 1500 euros x 0,83 = 1250 euros.
Cómo se calcula la paga extra prorrateada
En el caso de la paga extra prorrateada, y si seguimos el ejemplo anterior podemos conocer que la paga de verano generaría un derecho de cobro de 495 euros, y la de Navidad de 1250 euros, en total nos encontraríamos con 1.745 euros, que habría que distribuir en 12 meses. De esta manera, con una sencilla división del total entre 12 meses, el resultado sería de 145,42 euros.
Al percibir un salario de 1500 euros, si se suman las pagas prorrateadas, el sueldo final sería de 1.645,42 euros al mes. Al año siguiente se percibirían las pagas completas, que serían 3000 euros distribuidas en 12 meses, lo que supondría un total de 250 euros a sumar al salario mensual, lo que permitiría al trabajador cobrar un total de 1.750 euros mensuales.
¿Cómo se genera el derecho a las pagas extras?
El derecho a las pagas extra se genera por cada día trabajado, pero existen dos formas diferentes de computar ese devengo, que son las siguientes:
- Pagas extras anuales: son aquellas en las que se empieza a generar el derecho a la paga extra, desde que se cobra la anterior paga extra. De esta manera, una vez percibida, por ejemplo, la paga extra de verano el 30 de junio de 2023, a partir del 1 julio de 2023 se comienza a generar el derecho para percibir la paga extra de verano del siguiente año. Y lo mismo sucede en el caso de las pagas extra de Navidad.
- Pagas extra semestrales: se empieza a generar el derecho a la paga extra desde que se cobra la anterior, independientemente de si era la de Navidad o verano. De esta forma, el 20 de diciembre de 2023 se recibirá la paga de Navidad, correspondiente al periodo transcurrido entre el 30 de junio de 2023, momento en el que se recibió la paga extra de verano, y el 20 de diciembre de 2023, y a partir del día siguiente se empieza a generar el derecho a la paga de verano de 2024.
En el caso de que no se indique nada, el devengo acostumbra a ser anual.