La principal novedad este año en las pensiones es su revalorización según los precios. A partir de este 2022, la prestación se determina según crezca el IPC, de media, el año anterior. Pero no todas las personas retiradas y jubiladas cobran la misma pensión. En esto influye una serie de condicionantes como la edad, años cotizados o el régimen en el que se haya cotizado.

La cuantía de la pensión mínima contributiva oscilará según el tipo de prestación, la edad del pensionista o la presencia de cargas familiares o no. En el caso de una pensión de jubilación, para un perceptor con un cónyuge a su cargo, la prestación ascenderá a 12.467 euros anuales. Al dividirse en 14 pagas, recibirá 890,5 euros.

Por su parte, para aquel pensionista que no tenga un cónyuge a cargo, la cuantía será de 10.103 euros, dividido en 14 pagas de 721 euros.

Para ser beneficiario de la pensión mínima es preciso estar afiliado a la Seguridad Social y tener cotizados como mínimo 15 años. Dos de ellos deben ser inmediatamente anteriores a la retirada.

A partir de esos 15 años de cotización habrá la posibilidad de alcanzar la pensión mínima. Supondrá el 50% de la base reguladora. Ese porcentaje podrá aumentarse a medida que se vayan cotizando más años.

Máxima

La pensión máxima este año será de 2.819,57 euros, lo que implica una cuantía anual de 39.469 euros. El importe anual se divide en 14 pagas.

El acceso a la pensión más alta tiene una serie de condicionantes en el caso de la jubilación. En primer lugar, se requiere haber cotizado como mínimo 15 años, dos de los cuales deben ser anteriores a la jubilación. 

Alcanzar el 100% de la prestación implicará haber cotizado al menos 37 años y tres meses. Cumpliendo estas condiciones, el pensionista tendrá acceso a la totalidad de la prestación por jubilación, siempre y cuando su base de cotización haya estado entre los máximos durante los 24 años anteriores a la retirada.

Para hacer el cálculo de la pensión de jubilación, la Seguridad Social tiene en consideración un periodo concreto de cotización. Desde 2022, la base reguladora será el cociente que sale de dividir las bases de cotización del trabajador por 350 durante los 300 meses anteriores al del mes previo al de la retirada, como señala el organismo público en su web.

En el supuesto de que se cuenta por ejemplo con una base de cotización de 3.500 euros durante los últimos 24 meses, la cantidad bruta de la pensión quedaría establecida en los 3.000 euros. Pero al quedar fijada la pensión máxima en 2.819,57 euros, se acabaría percibiendo dicha cuantía sin obtener el excedente.

No contributiva

Por otro lado, este 2022 la cantidad de la pensión no contributiva, tanto de jubilación como de invalidez, se eleva hasta los 414,90 euros. En total serán 14 pagas que sumarán al año la cifra de 5.806,60 euros.

Además, aquellos que cobren la pensión de invalidez y acrediten un grado de invalidez de al menos el 75% y demuestren que dependen de otra persona para llevar a cabo acciones básicas del día a día percibirán un complemento del 50% sobre estos 5.808,60 euros anuales. En su caso, al mes obtendrían una prestación de 622 euros.

Hay que decir que las pensiones no contributivas están pensadas para aquellos mayores que apenas disponen de ingresos y no alcanzan los 15 años cotizados. Podrán beneficiarse de ellas aquellos que tengan unas rentas o ingresos por debajo de los 5.899,60 euros anuales en cómputo anual.

En el caso de la pensión de jubilación no contributiva, es preciso contar con 65 o más años, residir en territorio español y haberlo hecho durante al menos 10 años, en el periodo comprendido entre los 16 la de devengo de la prestación, dos de los cuales deben ser inmediatos a los de la retirada.

De cualquier manera, todas estas cifras cambiarán en 2023, cuando las pensiones volverán a subir de acuerdo con el IPC, que este año subirá como mínimo un 6%. 

Aquí puede acceder a cuál es la previsión de incremento de las pensiones para el próximo año

¿Interesa la opción de un plan de pensiones?

En el caso de que tengas una pensión de las mínimas, como suele ser el caso por ejemplo de los trabajadores autónomos, posiblemente resulte interesante la opción de contratar un plan de pensiones.

Las actuales tendencias demográficas, la debilidad de las cuentas públicas y el endurecimiento de las normas para acceder a la prestación hacen que en ocasiones la pensión pública que recibamos por parte de la Seguridad Social resulte suficiente, sobre todo si tenemos interés en conservar nuestro nivel de vida una vez que nos retiremos.

Se tratan de un instrumento financiero de ahorro a largo plazo, en donde el inversor hace aportaciones de forma periódica según su capacidad de ahorro. Sin lugar a dudas supone un ingreso extra compatible con la pensión pública, que según todas las previsiones se ira rebajando con el paso de los años. Es una opción muy interesante para aquellos que tengan una base de cotización reducida o que hayan tenido una ocupación como trabajadores por cuenta propia.

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