Este 30 de junio ha finalizado el plazo para cobrar la ayuda de 200 euros destinada a personas con un bajo nivel de ingresos y patrimonio, tal y como recuerda la Agencia Tributaria, siendo este el plazo máximo puesto que se han cumplido ya tres meses desde el cierre de la presentación de solicitudes, que llegó a su fin el pasado 31 de marzo de 2023. Aunque gran parte de los beneficiarios ya la han recibido, otros muchos desconocen cuándo la recibirán e incluso si llegarán a hacerlo.
Esta ayuda de 200 euros forma parte del paquete de medidas que fueron aprobadas por parte del Gobierno de España en los últimos meses como respuesta a la inflación y a la crisis económica derivada de la guerra en Ucrania. Para optar a este cheque, las personas interesadas debían realizar su solicitud antes del 31 de marzo, debiendo cumplir con una serie de requisitos a fecha de 31 de diciembre de 2022. Estos son los citados requisitos:
- Tener su residencia habitual en España.
- Haber percibido ingresos inferiores a 27.000 euros anuales y contar con un patrimonio inferior a los 75.000 euros anuales.
- Haber llevado a cabo una actividad por cuenta propia o ajena por la cual se encuentren dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o bien haber sido beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo.
Para efectuar la solicitud de la ayuda no era necesario aportar ningún tipo de documentación, ya que la Seguridad Social y otros organismos públicos son los encargados de remitir a Hacienda la información necesaria para verificar el cumplimiento de los diferentes requisitos exigidos para su solicitud.
Cómo saber si la solicitud ha sido denegada
La solicitud presentada para recibir la ayuda de 200 euros se puede consultar en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), tras identificarse con el certificado pertinente o con la firma electrónica.
[¿Tengo que declarar la ayuda de 200 euros en la próxima declaración de la Renta?]
Una vez que se ha entrado en la plataforma habrá que acceder al área personal, debiendo seleccionar la casilla de "mostrar solicitudes en estado de baja", donde aparecerán todas las solicitudes presentadas y el estado en el que se encuentran cada una de las mismas.
De esta manera, aparecerá un listado, en el que, si en la columna de estado figura la palabra "Alta", quiere decir que la ayuda de 200 euros ha sido aprobada, mientras que, si aparece "Baja", significará que esta no ha sido concedida. Asimismo, si en el estado aparece "0A", quiere decir que la solicitud se encuentra aceptada, pero que está pendiente de revisión.
[Esta es la casilla en la que hay que meter la ayuda de 200 euros en la declaración de la Renta]
Para efectuar una revisión más exhaustiva, es posible pulsar en "Buscar" en el modelo "GAS-Gestión de Ayudas Sectoriales directas" del "ejercicio 2023". De esta forma, aparecerán unos resultados de búsqueda con distintas opciones, que son las siguientes: "Desistir", "Tipo de ayuda", "Observaciones", "Expediente", "Fecha y hora de presentación", "Obtención de Justificante" y "Descarga fichero presentado".
Habrá que pulsar sobre esta última para poder saber el estado de la presentación, y si se solicita en "Ver", se conseguirá obtener un fichero de texto con los datos presentados, así como una columna de "Observaciones" en las que aparecerá si la solicitud está aceptada o bien si existe algún tipo de incidencia.
No obstante, desde la Agencia Tributaria se indica que, en el caso de que "no resulte procedente el abono de la ayuda", se notificará al solicitante de una propuesta de resolución denegatoria, a través de la cual, los solicitantes a los que se les haya denegado la ayuda podrán consultar los motivos de la negativa.
Por otro lado, en el caso de que no se haya recibido el ingreso de la ayuda ni una notificación denegatoria una vez que ha llegado a su fin el plazo de pago, que concluye este 30 de junio, la solicitud se podrá entender como desestimada y se podrá efectuar una reclamación.
Cómo reclamar si no me ingresan el cheque de ayuda de 200 euros
La Agencia Tributaria ha informado de que, desde el momento en el que se recibe una notificación denegatoria, o si ha pasado el plazo establecido para recibir el ingreso de la ayuda (el 30 de junio), el solicitante tiene dos posibilidades para reclamar, que son las siguientes:
- Reclamación Económico-administrativa: es posible interponer una reclamación económico-administrativa ante la Agencia Tributaria en el plazo de un mes desde el día siguiente de recibir la resolución denegatoria o bien, a partir del día 1 de julio.
- Recurso de Reposición: este proceso es de carácter potestativo y puede ser interpuesto en las oficinas de la Agencia Tributaria, teniendo para ello un plazo de un mes. No obstante, para su presentación debe hacerse constar que no se ha efectuado con anterioridad una reclamación económico-administrativa.
En cualquier caso de duda, se recomienda buscar asesoramiento profesional para que indique la mejor vía a seguir para efectuar la correspondiente reclamación.
¿Cuándo nos ingresan la ayuda de 200 euros?
Desde que llegó a su fin el plazo de solicitud para rellenar el formulario el pasado 31 de marzo, la Agencia Tributaria disponía de tres meses como máximo para ingresar la ayuda de 200 euros a los beneficiaros a los que se les ha concedido. Por esta razón, la fecha máxima en la que se tenía que haber realizado el pago a través de una transferencia bancaria era este 30 de junio.