Este abril de 2024 comienza el plazo para realizar la declaración de la Renta del ejercicio de 2023... Son muchas las dudas que genera este trámite, entre ellas, el mínimo de ganancias para presentar la declaración si trabajas por cuenta ajena, teniendo uno o dos pagadores.
Otra de las grandes dudas es saber si hay que declarar el alquiler de las plazas de garaje en la Renta en la campaña de la Renta 2023-24. Te contamos algunas claves que necesitas en este caso en concreto.
¿Hay qué declarar el alquiler de una plaza de garaje?
Cada año, nuestra actividad económica puede experimentar distintos movimientos. En este caso, una de las cuestiones que a veces puede causar una cierta duda es si hemos realizado algún tipo alquiler y si esto tiene un impacto en la declaración de la Renta.
En concreto, muchos contribuyentes se preguntan si en el caso de haber realizado el alquiler de una plaza de garaje tienen que declarar esta situación al presentar el IRPF.
A continuación sacamos de dudas a estos contribuyentes que sí que han realizado la acción de arrendar un estacionamiento para su vehículo.
En el caso de haber alquilado una plaza para nuestro vehículo en el ejercicio de 2023-2024, esta situación sí que va a tener un impacto en nuestra Renta. El motivo es que esta acción se tiene que declarar en el borrador del IRPF.
La causa es que el alquiler de una plaza de garaje se trata de una operación que está sujeta a la aplicación del IVA. De hecho, varios contribuyentes también dudan si esta operación se tiene que declarar en el caso de que el pago se haya hecho, por ejemplo, a través de Bizum.
Y la respuesta es sí, en el caso de que el pago se haya llevado a cabo a través de Bizum, al igual que una transferencia, también incluye IVA, por lo que esta operación tiene que ser declarada.
Sin embargo, existen algunas excepciones que vamos a conocer a continuación.
Dos formas de declarar este alquiler en la Renta
En esta situación, se pueden dar dos casos diferentes. Por un lado, uno de los modelos más extendidos es que la plaza de garaje se alquile junto con la vivienda. Cuando esto ocurre, el contribuyente está exento de declarar el IVA porque ya se incluye con la vivienda conforme con el IRPF.
Esta situación tiene lugar porque la ley del IVA indica en el artículo 20 que los inmuebles que se destinan a vivienda y sus adjuntos (como es el ejemplo del alquiler de una casa y la plaza de garaje) están exentos. De esta forma, la declaración del IRPF se debe de hacer conforme al modelo de vivienda.
El segundo caso es si la plaza de garaje se alquila de forma independiente al de la vivienda. En esta situación es necesario declarar el IVA.
Así, después de firmar un contrato de arrendamiento, cada mes se tiene que emitir una factura. Y en este documento debe de aparecer el 21% de IVA. Además, en la declaración de la Renta se deben tributar los rendimientos del capital inmobiliario y los gastos derivados del tiempo que ha durado el alquiler.
Plazos para presentar el borrador de la Renta 2023-2024
Según el calendario publicado por la Agencia Tributaria, estas son las fechas para confeccionar la declaración del ejercicio de 2023:
- Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024 se pueden presentar las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de Internet, un medio que ya utilizan nueve de cada diez contribuyentes.
- Asimismo, desde el próximo 7 de mayo y hasta el 1 de julio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
- Además, entre el 3 de junio y el 1 de julio. La Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).