Las comunidades autónomas en las que te puedes desgravar los libros para la vuelta al cole.

Las comunidades autónomas en las que te puedes desgravar los libros para la vuelta al cole.

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Vuelta al cole 2023: estas son las 5 comunidades autónomas en las que te puedes desgravar los libros de texto

Algunas comunidades autónomas disponen de una serie de bonificaciones, ayudas o deducciones en la compra de material escolar. 

24 agosto, 2023 13:11

En las semanas previas al comienzo de un nuevo curso escolar, la adquisición de libros de texto se convierte en un dilema que preocupa a muchas familias. Sin embargo, existe la posibilidad de aliviar esta carga económica mediante ayudas y becas, las cuales pueden ser complementadas a los beneficios fiscales. Aunque esta opción solo está disponible en ciertas regiones de España, específicamente en Aragón, Asturias, Baleares, Castilla-La Mancha y Murcia.

Adicionalmente, Madrid, Extremadura y Andalucía también brindan la oportunidad de obtener desgravaciones fiscales. Sin embargo, en estos casos no se aplican a la compra de libros escolares, sino a otros materiales educativos y a la participación en clases de informática, idiomas o refuerzo académico.

La uniformidad en este tema es escasa a nivel nacional, ya que cada comunidad autónoma tiene la facultad de decidir si incluye o no estas medidas en su conjunto de beneficios fiscales.

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De hecho, solo cinco comunidades autónomas permiten la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de las cuantías destinadas a la adquisición de libros escolares, de acuerdo con la información recopilada por la agencia de noticias EFE a partir del portal de la Agencia Tributaria.

A continuación, se presenta una explicación concisa de estas desgravaciones, con diferentes umbrales de ingresos en cada caso para poder acceder a ellas.

Aragón

En la región de Aragón, existe la posibilidad de beneficiarse de una desgravación del 100% sobre las cantidades que los contribuyentes destinen a la compra de libros de texto destinados a sus hijos en niveles de educación primaria y secundaria. En el caso de las familias numerosas, se ha establecido un cuantía fija de 75 euros por cada hijo.

Además, el gobierno de Aragón también contempla deducciones en la compra de material escolar para los niveles de educación primaria y secundaria. Sin embargo, estas deducciones no abarcan la adquisición de equipos informáticos como tablets u ordenadores. La consideración de estos dispositivos únicamente se aplicará cuando la institución educativa haya optado por impartir el material curricular de manera exclusiva y necesariamente en formato digital.

Asturias

En Asturias, cuando se trata de familias numerosas, el límite máximo de la deducción se fijará en 150 euros en el caso en el que se realice una declaración conjunta, y en 75 euros si se opta por declaraciones individuales.

Siguiendo el mismo patrón que el caso previo, también se ofrece la posibilidad de obtener una deducción por la adquisición de material escolar por cada hijo en niveles de educación primaria o secundaria. Además, esta deducción se aplicará en situaciones de tutela y acogimiento.

Se considera material escolar al conjunto de herramientas y recursos que facilitan el proceso educativo, destinados a ser utilizados por los estudiantes para abordar los contenidos del plan de estudios establecido por la normativa académica. Esto incluye también la indumentaria y accesorios aprobados por la Dirección y/o el Consejo Escolar del centro educativo para la etapa educativa en cuestión.

La opción de deducción puede ser aprovechada por aquellos contribuyentes que tengan hijos que no compartan el mismo hogar.

Baleares

En las Islas Baleares, la cuantía máxima de la deducción no puede sobrepasar los 220 euros por cada hijo.

Castilla-La Mancha

En la región de Castilla-La Mancha, es deducible el 100 % de las cantidades satisfechas a la compra de libros de texto editados para las etapas correspondientes a la educación básica, y el 15 % de las cantidades satisfechas durante el período impositivo por la enseñanza de idiomas recibida, como actividad extraescolar, durante la educación básica.

Además contempla el 15% de las cantidades satisfechas por cada una de las siguientes actividades: enseñanza de idiomas recibida como extraescolar; actividades de refuerzo o apoyo de materias, gastos de acceso a las nuevas tecnologías -solo cuota de alta a internet y la cuota de línea del primer mes-; y gastos de estudio y residencia fuera del municipio de residencia de la unidad familiar, siempre que no exista en la región oferta educativa para los estudios cursados.

Murcia

En la región de Murcia, se podrán deducir 120 euros por la adquisición de material escolar y libros de texto en el segundo ciclo de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria.

El importe de la desgravación fiscal deberá minorarse, por cada descendiente, en la cantidad correspondiente a las becas y ayudas obtenidas en el período impositivo procedentes de la Región de Murcia o de cualquier otra Administración Pública, que cubra la totalidad o parte de los gastos de material escolar o libros de texto.

Extremadura

En Extremadura, la Junta solo ofrece deducciones a la compra de material escolar por una cuantía de 15 euros a familias con hijos en edad escolar obligatoria (entre los 6 y los 15 años) en la fecha de devengo del impuesto.

Andalucía

Recoge una deducción del 15 % por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o de ambas. El importe máximo de la desgravación no podrá superar 150 euros anuales por cada descendiente.

Comunidad de Madrid

En la comunidad autónoma de Andalucía se contempla las siguientes deducciones: el 15 % de los gastos de escolaridad; el 10% de los gastos de enseñanza de idiomas y el 5 % por la compra de vestuario de uso exclusivo escolar.

El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso precisa que en los centros públicos y en los privados con concierto educativo la enseñanza debe ser gratuita, por lo que ningún alumno de uno de estos centro podrá soportar gastos relativos a la escolaridad. Sí lo será en el caso de los centros privados no concertados.

No serán deducibles los gastos de comedor, transporte, etc. girados por el centro educativo que, aunque indirectamente vinculados con la enseñanza, no se corresponden con esta. Tampoco serán desgravables los importes satisfechos por libros de texto.