Bruselas

Plataformas digitales como Netflix, AmazonHBOYouTube o incluso Facebook estarán obligadas a partir de ahora a reservar una cuota mínima del 30% de su catálogo a películas, series y contenidos europeos junto a las protecciones norteamericanas que ahora dominan estos servicios, según la nueva directiva de servicios audiovisuales aprobada este martes por la Eurocámara. Una medida cuyo objetivo es promover la diversidad cultural. La norma ha salido adelante con un amplio apoyo de 452 votos a favor, 132 en contra y 65 abstenciones.

La directiva incluye otra gran novedad que tendrá un impacto directo sobre las cuentas de Netflix y el resto de plataformas de vídeo bajo demanda. Dará cobertura jurídica a los Estados miembros que quieran obligar a estas empresas a dedicar parte de sus ingresos para financiar producciones audiovisuales europeas. Con esta reforma, aunque tenga su base europea en Holanda, España podrá exigir a Netflix que contribuya en proporción a los ingresos generados en el mercado español. Se trata en todo caso de una posibilidad y no una obligación para los Estados miembros.

La legislación española ya obliga a las cadenas de televisión a contribuir con el 5% de sus ingresos del año anterior a la financiación anticipada de películas, series para televisión o documentales. Las televisiones privadas han presentado múltiples recursos contra esta obligación, pero tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal de Justicia de la UE la han avalado.

Con estos cambios, la UE pretende que las grandes empresas de internet estadounidenses estén sujetas a las mismas exigencias que ya se aplican a las cadenas de televisión convencionales europeas. A las cadenas convencionales se les seguirá aplicando la actual cuota del 50% de contenidos europeos.

El visto bueno de la Eurocámara es el penúltimo trámite en la aprobación de la directiva sobre servicios audiovisuales, que fue propuesta por Bruselas en mayo de 2016 y lleva por tanto negociándose más de dos años. Ahora los 28 deben ratificar el texto antes de su publicación en el Diario Oficial y su entrada en vigor. Algo que ocurrirá en cuestión de días, puesto que ya existe un acuerdo previo entre el Parlamento y los Gobiernos. A partir de esa fecha, los Estados miembros dispondrán de 21 meses para incorporar los cambios a sus legislaciones nacionales.

Límites al tiempo de anuncios

La norma introduce además nuevos límites más estrictos al tiempo de anuncios. La publicidad podrá suponer un máximo del 20% del tiempo de emisión entre las 6:00 y las 18:00. El mismo límite del 20% se aplicará al horario de máxima audiencia, que queda fijado entre las 18:00 y las 0:00. La teletienda y el posicionamiento de productos estarán vetados en los programas para niños. Y los países podrán además prohibir los patrocinios en estos programas.

Los proveedores de servicios audiovisuales deberán tomar medidas para combatir el contenido que incite a la violencia, el odio y el terrorismo, y la violencia gratuita y la pornografía estarán sujetas a reglas estrictas. Las plataformas en las que se comparten videos serán responsables de reaccionar cuando los usuarios detecten la existencia de contenido perjudicial.

Los negociadores de la Eurocámara han incorporado una cláusula para garantizar la protección de los datos personales de los menores. Las empresas no podrán utilizar en ningún caso esta información con fines comerciales, ni siquiera para la elaboración de perfiles o para publicidad adaptada en función de las pautas de consumo.

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