El Gobierno se encuentra cerrando los últimos detalles del Impuesto sobre determinados servicios digitales que la semana pasada fue aprobado por el Senado. El objetivo es que la denominanda tasa Google pueda realizar su primer cobro en marzo del próximo año, cuando espera que se haga efectiva la autoliquidación de este tributo.
Para ello, esta semana concluyó la consulta pública previa a la elaboración del proyecto de Real Decreto mediante el cual se desarrollará el procedimiento de presentación y ingreso de las autoliquidaciones de este impuesto.
Durante las dos primeras semanas de octubre se sometió a consulta de los actores del sector la fórmula en que se deberá cobrar el impuesto, intentando definir los requisitos, límites y condiciones para el pago.
También se deben definir aspectos formales como la presentación de declaraciones relativas al comienzo, modificación y cese de las actividades que determinen su sujeción al impuesto o el lugar, forma y plazo en el que se debe ingresar la deuda que genere este tributo.
Estamos ante el último paso y el más importante, para poder articular el cobro del impuesto con el que el Gobierno quiere recaudar más de 968 millones de euros al año. Después de ser aprobado en el Senado y publicado en el BOE, pasarán tres meses antes de que empiece a aplicarse.
Geolocalización por IP
En este sentido, si se cumplen todos los plazos y se publica el Real Decreto de la liquidación antes de fin de año, el impuesto podría comenzar a cobrarse entre enero y febrero, por lo que entraría en la autoliquidación tributaria del primer trimestre del próximo año.
Para el Gobierno es clave que el tributo comience a cobrarse cuando antes para tener una primera aproximación a su impacto recaudatorio que, pese a las previsiones, es toda una incógnita en el propio Ejecutuivo y en el sector.
La forma en que se articule y los requisitos que se impongan en el Real Decreto para la presentación de autoliquidaciones será clave para intentar cumplir con el objetivo de 968 millones de ingresos anuales.
En este sentido, con las aportaciones del sector se elaborará un borrador del Real Decreto -que luego debe ir a audiencia pública- donde se precisarán los detalles del procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones.
Del mismo modo, con la finalidad de concretar el lugar de realización de las prestaciones de servicios digitales, se dispone que a efectos del artículo 7.4 de la Ley servirán como medios de prueba para contrastar la geolocalización por IP los sistemas de geolocalización física y se enumeran algunos de ellos a modo de ejemplo.
Libro registro
Por otra parte, se desarrolla el contenido del Libro registro obligatorio, señalándose que en el mismo se harán constar todos los datos necesarios para efectuar las regularizaciones que, en su caso, hubieran de realizarse. Asimismo, se especifica que el Libro registro "deberá contener una enumeración de los servicios, mecanismos o acuerdos que permitan determinar la localización de los dispositivos de los usuarios en el territorio de aplicación del impuesto".
El objetivo del Ejecutivo con este impuesto es que las grandes tecnológicas tributen por su actividad efectiva en cada mercado nacional y no lo hagan a través de otros países con menor carga fiscal.
Este tributo gravará aquellas empresas con ingresos anuales totales de, al menos, 750 millones de euros y con ingresos en España superiores a los tres millones de euros. Se dirige a servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario durante su actividad o la venta de metadatos.
En el punto de mira las grandes empresas digitales extranjeras como Google, Facebook, Amazon o Apple, todas ellas estadounidenses. En este sentido, Estados Unidos y Europa llevan meses negociando en la OCDE un marco común para que estas empresas tributen en el lugar donde realizan su actividad, pero ante la imposibilidad de lograr un acuerdo, España ha ido por libre.
La OCDE advirtió hace una semana que las negociaciones se econtraban en punto muerto y que probablemente no habría un acuerdo hasta mediados de 2021. En el caso de la Unión Europea, hace unos días se pronunció por primera vez a favor de tener su propio impuesto digital si es que la OCDE no llegaba a un acuerdo antes de verano del próximo año.
En el caso español, el actual impuesto digital es transitorio ya que cuando se implante cualquier medida en el marco de la Unión Europea, se adoptará casi automáticamente la normativa comunitaria.