La Comisión Europea (CE) ha dado conocer este martes el nombre de las 17 plataformas digitales y los dos buscadores de Internet que tendrán que reforzar los controles sobre los contenidos y los productos que intercambian sus usuarios, debido al riesgo sistémico que presentan estos servicios para la sociedad por su elevada presencia en el mercado. 

Bruselas ha incluido en la lista varias plataformas de los principales grupos tecnológicos estadounidenses, como Google, Meta Platforms, Amazon o Microsoft, así como a otra de decena de servicios entre los que se incluyen varias redes sociales y compañías de comercio electrónico. 

Todas estas plataformas tienen en común que cuentan con más de 45 millones de usuarios activos mensuales, según los datos recopilados por la Comisión Europea, y por ello estarán sujetas a obligaciones adicionales y más estrictas que el resto, según la nueva Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés).

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En concreto, la lista hecha pública este martes por la Comisión Europea incluye dos Motores de Búsqueda Online Muy Grandes (VLOSE por sus siglas en inglés), que con Google Search y Bing (Microsoft) y 17 Plataformas Online Muy Grandes (VLOP).

Entre estas últimas se encuentran varias plataformas propiedad de Alphabet (Google Play, Google Maps, Google Shopping y YouTube) y dos redes sociales propiedad de Meta Platforms (Facebook e Instagram). 

Thierry Breton, comisario europeo de Mercado Interior, durante su participación en la conferencia anual del Servicio Legal de la Comisión Europea. Comisión Europea

Asimismo, también forman parte de esta lista los marketplaces AliExpress (Alibaba), Amazon y Zalando; la AppStore de Apple; Booking.com; Wikipedia y las redes sociales LinkedIn, Pinterest, Snapchat, TikTok y Twitter.

Estas compañías dispondrán ahora de un plazo de cuatro meses para adaptar sus sistemas, sus recursos y sus procesos para cumplir con las exigencias que conlleva ser una plataforma "muy grande", crear un sistema independiente de cumplimiento y efectuar su primera evaluación de riesgos anual e informar de ello a la Comisión.

Nuevas obligaciones

Entre las obligaciones adicionales a las que estarán sometidas estas empresas según la DSA se encuentra la de dar más capacidades a los usuarios. Por ejemplo, estos tendrán derecho a darse de baja de los sistemas de recomendación que se funden en la elaboración de perfiles y podrán denunciar con facilidad contenidos ilícitos.

Además, no podrán aparecer en estas plataformas anuncios que se basen en datos sensibles del usuario (por ejemplo, el origen étnico, las opiniones políticas o la orientación sexual) y se deberán etiquetar todos los anuncios e informar sobre quién los pone.

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Asimismo, estas plataformas tendrán que rediseñar sus sistemas para garantizar un alto nivel de privacidad, protección y seguridad de los menores y deberán presentar a la Comisión evaluaciones de riesgos especiales (por ejemplo, los efectos negativos en la salud mental).

Por otro lado, también deberán garantizar una moderación de contenidos más diligente, disponer de mecanismos para que los usuarios alerten de contenidos ilícitos y aplicar medidas para, por ejemplo, evitar la propagación de desinformación y el uso no auténtico de su servicio.

Otra de las consecuencias que se derivan de su inclusión en esta categoría es que tendrán que mejorar su transparencia y su rendición de cuentas. Así, sus evaluaciones de riesgos y de su cumplimiento de las obligaciones de la DSA deben ser objeto de una auditoría externa e independiente y tendrán publicar informes de transparencia sobre las decisiones de moderación de contenidos y la gestión de riesgos.