Los 'influencers' que obtengan más de 300.000 euros de ingresos anuales y que cuenten con más de un millón de seguidores en una plataforma estarán obligados a partir de ahora a cumplir con las mismas obligaciones que las plataformas online y las televisiones comerciales en materia audiovisual. Por ejemplo, deberán etiquetar su contenido por edades y no podrán emitir anuncios de tabaco, alcohol o medicamentos.
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transformación Digital y de Función Pública, ha aprobado este martes el Real Decreto que establece por primera vez los requisitos para regular a los 'influencers' para cumplir así con lo recogido en la Ley General de Comunicación Audiovisual, aprobada en 2022.
Por un lado, el Real Decreto establece los tres requisitos que debe un cumplir un 'influencer' de forma simultánea para ser considerado un "usuario de especial relevancia" y que tienen que ver con los ingresos que obtienen por su actividad, su audiencia y su nivel de actividad.
En cuanto a la facturación, entrarán en la categoría de usuarios de especial relevancia los 'influencers' que hayan registrado unos ingresos anuales superiores a 300.000 euros derivados del conjunto de su actividad audiovisual en el año anterior.
Al mismo tiempo, deberán superar el millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones de seguidores en el global de su actividad, así como haber publicado o compartido 24 o más vídeos al año.
Obligaciones
Según el Real Decreto aprobado este martes, todos los 'influencers' que cumplan estos tres criterios deberán inscribirse, en el plazo de dos meses, en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia.
A partir del momento de inscripción tendrán que cumplir con la normativa en materia de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual, lo que supone homologar las obligaciones de estos usuarios a la del resto de agentes audiovisuales, como plataformas y canales de televisión comercial.
En cuanto a la protección de menores, deberán etiquetar su contenido por edades, así como usar herramientas de identificación digital si el contenido es inapropiado. Todo ello a partir de un código de conducta que tendrán que acordar con los reguladores correspondientes, el Ministerio para la Transformación Digital y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Respecto a la publicidad, entre las obligaciones que asumirán los usuarios de especial relevancia se encuentran la identificación expresa de los espacios publicitarios, no hacer publicidad de tabaco, medicamentos o alcohol y no emitir anuncios que puedan causar perjuicio físico o mental a los menores.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, José Luis Escrivá, ministro para la Transformación Digital y de Función Pública, ha destacado que esta regulación es "muy beneficiosa" para todos los usuarios. Especialmente los menores, por lo que va a ser "muy relevante" para la futura Ley de protección al menor en el ámbito digital.
Asimismo, ha añadido que establece un "terreno de juego equitativo" con otros actores que ya estaban regulados en el ámbito audiovisual, así como un mayor control de la publicidad encubierta. Escrivá ha subrayado, además, que en el Ministerio ha trabajado con los influencers afectados para elaborar este real decreto.