El plazo para que las comunidades se adhirieran o no al Plan Antitabaco acababa a las 14:00 horas de este jueves 4 de abril. Finalmente, sólo cinco autonomías se sumarán a la estrategia del Ministerio de Sanidad. Se trata de Cataluña, Canarias, País Vasco, Navarra y Asturias.
El resto de las regiones "no han emitido voto porque creen que el procedimiento no es el adecuado", han señalado fuentes cercanas al Ministerio de Sanidad a EL ESPAÑOL-Invertia.
Además, en el nuevo texto del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 se ha reformulado la definición de espacios libres de humo, pasando a ser "espacios sin humo de uso público y colectivo". Es decir, no se especifican sitios concretos en los que se prohibirá fumar y serán las regiones las que decidan.
Dispositivos de un solo uso
Por otro lado, el Ministerio de Sanidad también prohibirá los dispositivos de un solo uso relacionados con el tabaco, una medida que tampoco se contemplaba en el borrador anterior. El objetivo aquí, más allá de la salud pública, es reducir la huella ecológica.
Otra diferencia con el borrador anterior es que Sanidad insta a avanzar en la equiparación de la legislación para productos del tabaco, en el marco de la regulación de la venta y el consumo de productos relacionados con el mismo (con y sin nicotina). La finalidad es prevenir el inicio del consumo de tabaco.
Otros pasos de Sanidad
Asimismo, el nuevo borrador también añade que el Ministerio de Sanidad estudiará con el Ministerio de Hacienda la forma en la que las modificaciones fiscales repercutirán positivamente en la financiación de medidas encaminadas a reducir la prevalencia de tabaquismo.
Antes de debatir el Plan Antitabaco en la Comisión de Salud Pública, el Ministerio que capitanea Mónica García ya había dado pasos en este sentido. El pasado mes de enero, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que regula determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los relacionados con el mismo.
Así, el Ejecutivo ha prohibido la venta de los cigarrillos electrónicos de tabaco calentado (en España la única marca de este tipo que se comercializa es Iqos) que contienen aromas (es decir, de sabores).
Además, la nueva norma obliga a que en el etiquetado de este tipo de tabaco figuren las advertencias de que es perjudicial para la salud. Los vapeadores se quedaron fuera de esta nueva regulación ya que no contienen tabaco, aunque si pueden llevar nicotina.