Nuevo copago farmacéutico: las rentas altas aportarán más y quien cobre hasta 35.000€ no pagará más de 65 al mes
- El anteproyecto de la Ley de los Medicamentos y los Productos Sanitarios establece además en qué condiciones podrán sustituir medicamentos los farmacéuticos.
- Más información: Sanidad fija en un año el tiempo que los medicamentos genéricos podrán tener precios más bajos que los de marca
La esperada Ley de los Medicamentos y los Productos Sanitarios verá la luz en enero. Será entonces cuando está previsto que el Consejo de Ministros le dé luz verde al anteproyecto de ley. Y, según la documentación a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL e Invertia, habrá importantes cambios en varias materias, como el copago farmacéutico. Los planes del Ministerio de Sanidad pasan por hacerlo más progresivo, de manera que las rentas más altas aporten más, incluidos los pensionistas.
Concretamente, el anteproyecto de ley en el que todavía está trabajando el Ministerio de Sanidad (y que, cuando corresponda, se tendrá que votar en el Congreso) introducirá un "sistema de copago más progresivo, que se actualizará anualmente, para que la aportación del usuario sea proporcional al nivel de renta", indican los textos a los que ha tenido acceso este periódico.
Además, habrá topes máximos de aportación para rentas hasta 35.000 euros anuales, que también se aplicarán de manera progresiva. De esta manera, las personas que tengan unos ingresos inferiores a los 9.000 euros al año, abonarán un máximo de copago farmacéutico de 8,23 euros al mes.
Las rentas entre 9.000 y 18.000 euros al año abonarán un máximo en copagos de 18,72 euros al mes. Mientras que las personas con rentas entre los 18.000 y los 35.000 abonarán un máximo de copagos de hasta 61,75 euros al mes.
A partir de los 35.001 euros, no hay límite para la aportación mensual que se tendría que hacer en copagos farmacéuticos y será más elevada, puesto que el modelo va a cambiar de los actuales tres tramos de aportación a seis.
Pensionistas
Por otro lado, los topes máximos mensuales de copago farmacéutico de los pensionistas quedarán de la siguiente manera: de 8,23 euros al mes para los que tengan ingresos por debajo de los 18.000 euros al año y de 18,52 euros al mes para las rentas entre 18.000 y 60.000 euros.
Sube a 40,14 euros al mes para pensionistas con rentas entre 60.000 y 100.000 euros y se eleva a los 61,75 euros al mes cuando se superen estos ingresos.
Además, se mantiene la medida de mantener a determinados grupos sociales exentos del copago farmacéutico, como las personas con discapacidad, los perceptores de rentas mínimas o menores de con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como para los afectados por el síndrome tóxico.
El anteproyecto recoge también que "la prescripción por principio activo" se establecerá como "regla general para fomentar el uso racional del medicamento y contribuir a la sostenibilidad del sistema sanitario".
Con todo, se harán excepciones con "medicamentos en procesos crónicos cuya prescripción se corresponda con la continuidad de tratamiento", con pacientes vulnerables y con problemas de adherencia y con fármacos considerados como "no sustituibles por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios" (AEMPS).
Por otro lado, los farmacéuticos de oficina de farmacia podrán sustituir el medicamento prescrito por otro similar cuando se den ciertas situaciones. Una de ellas, "si el medicamento prescrito no está disponible". En estas ocasiones, el farmacéutico podrá sustituirlo por otro considerado como "sustituible según el Nomenclátor de Prescripción".
Eso sí, el paciente o su representante siempre podrá elegir qué medicamento se le dispensará de entre los considerados sustituibles.
Además, la norma establece la "actualización de la prescripción enfermera" y que se desarrolle la normativa que corresponda, en este sentido, para los fisioterapeutas.
Medicamentos estratégicos
Con el fin de asegurar la disponibilidad de medicamentos considerados "estratégicos", se implementarán "medidas regulatorias, económicas y de diversa índole que incentiven su permanencia en el mercado". El Gobierno podrá adoptar medidas extraordinarias para ello en situaciones de emergencia, como una crisis sanitaria a nivel europeo.
En cuanto a la financiación de medicamentos innovadores, se plantean procedimientos para poder abordar "una financiación condicional, temprana y transitoria en los que tengan un especial valor añadido para algún grupo de población, mientras se llega a la decisión definitiva de financiación".
Se flexibilizan algunos criterios para medicamentos que ofrezcan ventajas para los pacientes o el sistema sanitario, y se excluyen del sistema de precios de referencia los medicamentos huérfanos y los derivados del plasma humano. Así como se avanzan medidas para facilitar la comercialización de fármacos genéricos y biosimilares.
El texto también menciona la posibilidad de que la Comisión Interministerial de Precios pueda revisar al alza el precio de medicamentos estratégicos incluidos en conjuntos de referencia, en situaciones excepcionales.