Todos los grandes bancos que operan en España han firmado un acuerdo de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para la “Línea de Avales Arrendamiento Covid-19” de ayudas al alquiler. Todos menos tres: Bankinter, ING e Ibercaja.
El Gobierno anunció el pasado marzo un paquete de ayudas al alquiler para las familias afectadas por la crisis sanitaria entre las que destaca la línea de avales del ICO por un importe global máximo de 1.200 millones de euros. Las familias vulnerables, si cumplen con los requisitos, pueden solicitar a su entidad financiera un préstamo por hasta el 100% del importe de seis mensualidades sin superar 5.400 euros (900 euros al mes).
La única manera oficial de pedir este préstamo es a través de las entidades que hayan suscrito el contrato marco con el ICO. Hasta el momento, en la lista publicada por el organismo público aparecen 16: Caja Onteniente, Caja Pollença, Laboral Kutxa, Bankoa, Abanca, Unicaja, Liberbank, Cajamar, Sabadell, Santander, Bankia, BBVA, Eurocaja Rural, Microbank, CaixaBank y Triodos Bank. Las ausencias más destacadas, las mencionadas con anterioridad: Bankinter, ING e Ibercaja.
Los motivos de la ausencia
Dentro de este trío, cabe diferenciar dos tendencias. Por un lado, Bankinter e ING no han firmado el convenio de colaboración con el ICO pero no lo descartan. Por otro Ibercaja, que ha preferido utilizar productos propios para ayudar a sus clientes en dificultades.
En el caso de la entidad comandada por María Dolores Dancausa, su estrategia comercial está más enfocada hacia las empresas, pymes y autónomos, para los que en mayo ya había concedido 2.800 millones de euros en liquidez a través de préstamos en el marco de la Línea ICO. En su web están recopiladas todas las medidas de ayuda a clientes que ha tomado el banco en esta pandemia.
Fuentes del banco holandés explican a Invertia que no han detectado que sus clientes tengan esta necesidad, solo algunas “peticiones muy puntuales”. “En caso de que veamos que nuestros clientes se muestran interesados lo estudiaremos”, indican desde ING.
Ibercaja ha tomado otra postura. Fuentes de la entidad maña argumentan a Invertia que “desde el primer día de la pandemia, venimos atendiendo directamente a nuestros a clientes con problemas para el pago del alquiler con los productos ‘propios’ de Ibercaja”. Principalmente, avales para el propietario y financiación personal al inquilino.
Además, Ibercaja destaca que en su caso “estas situaciones no representan un volumen muy relevante”. Por ejemplo, pueden adaptarlos más a cada cliente. Aplica los avales sobre las cuantías de los alquileres según cada caso (no hay un “estándar”) y las duración del préstamo también lo calcula sobre el tiempo previsto de las dificultades de tesorería puntuales del cliente, explican desde el banco a Invertia.
Por esos dos motivos Ibercaja ha decidido no firmar esta línea del ICO. De hecho, tal y como confirman desde el banco, “es la única iniciativa pública o sectorial a la que no nos hemos sumado en esta crisis”.
Es decir, los clientes vulnerables de Ibercaja no quedan indefensos ante esta delicada situación que supone no poder pagar el alquiler por culpa de los efectos del Covid-19, pero este banco propone sus propias herramientas de ayuda.
Condiciones del préstamo
El arrendatario que quiera solicitar este tipo de ayudas debe presentar el modelo de solicitud en su entidad bancaria (solo si está adherida a la la “Línea de Avales Arrendamiento Covid-19”) antes del 30 de septiembre de 2020 y formalizarse antes del 31 de octubre de 2020. No obstante, a propuesta de la comisión de seguimiento prevista en el convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) y el ICO, mediante orden ministerial, estos plazos podrán prorrogarse hasta el 30 de noviembre y el 31 de diciembre de 2020, respectivamente.
Una vez revisados los requisitos y aprobado el préstamo por la entidad, el banco abona el importe del préstamo, correspondiente a las seis mensualidades, “directamente a la persona o entidad arrendadora de la vivienda, previa comunicación, para su toma de razón, al titular del préstamo”, tal y como refleja la orden ministerial publicada en el BOE el 1 de mayo.
El abono se realiza con periodicidad mensual, salvo que acuerden una distinta, y, en su caso, con un pago inicial que comprenda las mensualidades devengadas y no pagadas desde el 1 de abril de 2020 hasta la firma del contrato de préstamo.
El tipo de interés del préstamo será fijo, hasta el 1,5% TAE. No obstante, la entidad no cobrará al cliente ningún importe en concepto de tipo de interés. El ICO adelantará a los bancos la bonificación de gastos e intereses de los préstamos y, posteriormente, el Ministerio del que es titular José Luis Ábalos abonará al ICO el importe. En total, el ICO podrá ganar hasta 112 millones de euros en el plazo entre 2021 y 2031.