La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) considera que las inadmisiones masivas de procedimientos de IRPH suponen "un daño irreparable para los consumidores afectados". Por ello, la agrupación cuestiona que no se haya optado por una suspensión cautelar atendiendo al principio de prudencia.
La pasada semana, Asufin interpuso una demanda ante la Comisión Europea, según informó El Español. Ahora, la asociación asegura haber constatado que hasta medio centenar de recursos de casación sobre IRPH han quedado inadmitidos a trámite aun cuando está pendiente de conocerse las nuevas aclaraciones que exige el juzgado al TJUE.
Esto contrasta con la postura defendida por la Sala Civil que el pasado 14 de enero aseguraba “suspendido la tramitación de los recursos pendientes para garantizar la aplicación del criterio que saliera del TJUE”. Por su parte, el tribunal aseguraba sentirse confiado por la "correcta actuación" de las directivas.
Recursos de los bancos
“Toda esta situación nos recuerda a lo sucedido por la cláusula suelo, cuando miles de afectados perdieron la oportunidad de recuperar su dinero porque el Supremo declaró que la nulidad no implicaba retroactividad”, declara Patricia Suárez, presidenta de Asufin.
Además, Asufin asegura que el Supremo está admitiendo a trámite los recursos que los bancos han perdido. Por otro lado, la Audiencia Provincial de Barcelona anunció el pasado mes de diciembre que no suspenderá los procedimientos de IRPH pendientes.
En providencia fechada el pasado 7 de diciembre, razona que “sólo si este tribunal tuviera las mismas dudas sobre la interpretación del Derecho de la Unión Europea” estaría justificada la suspensión del recurso, lo que abre la puerta a que esta instancia tramite todos los procedimientos pendientes.
Con esta decisión, Asufin entiende que "se condena a los consumidores a una sentencia desfavorable" a pesar de que sus asuntos deberían juzgarse disponiendo de toda la información que dará el TJUE una vez resuelva las nuevas dudas planteadas.
“La justicia europea corrigió entonces el criterio seguido por los tribunales españoles, pero muchos consumidores se quedaron por el camino porque su sentencia quedó firme. El Supremo se vio obligado a modificar su doctrina, pero para muchos el daño ya era irreparable”, señalan.