El consejo de ministros ha aprobado este martes más moratorias para el pago de hipotecas y préstamos al consumo, así como para la devolución de los créditos a los sectores económicos del turismo y el transporte, en el marco del 'escudo social' para paliar los efectos de la pandemia de la Covid-19.
Se trata de un nuevo episodio del "no dejar nadie atrás" que ha abanderado el Gobierno desde marzo de 2020. La medida va destinada a las familias o negocios que se hayan visto afectados por el impacto del coronavirus. De esta manera, se extiende el plazo para esta medida para viviendas habituales, locales u oficinas de autónomos o viviendas alquiladas por las que no se esté cobrando.
El Gobierno ya prorrogó desde julio hasta el 29 de septiembre del año pasado la moratoria hipotecaria sobre la vivienda habitual y sobre los créditos al consumo, en ambos casos por una duración de tres meses, si bien desde entonces se había estudiado su recuperación, tal y como se demandaba desde Unidas Podemos.
Pueden acogerse a esta moratoria personas en desempleo, autónomos que han registrado una caída en sus ingresos del 40% y en caso de que la cuota hipotecaria mas los gastos y suministros básicos sea igual o superior al 35% de los ingresos que recibe la unidad familiar.
Así, el Ejecutivo recupera y amplía ahora a 9 meses las moratorias con y sin préstamo hipotecario y también las que se aprobaron en su momento para las empresas del sector del turismo y el transporte, según han indicado a Europa Press en fuentes del Ejecutivo.
La ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha detallado también una moratoria para personas vulnerables que están haciendo frente a créditos al consumo. Los requisitos para solicitar esta moratoria son los mismos que en el caso de las hipotecas.
"Prorrogamos estas medida que hace aliviar la situación de muchos familiares y de negocios que están pasándolo mal con motivo de esta pandemia", ha defendido Montero. Sobre esto, ha querido destacar que hasta el 31 de diciembre se han concedido más de 1 millón de moratorias. Por su parte, respecto a las moratorias concedidas por los bancos, que según los datos aportados por el Gobierno, suman más de 740.000.
La propuesta de Podemos
Montero ha querido evitar entrar en el debate sobre la propuesta de Unidas Podemos que esta mañana ha llevado al Congreso. Ione Belarra planteaba esta mañana que los grandes tenedores destinasen el 30% de sus inmuebles para alquileres sociales.
Sobre esto la ministra portavoz ha evitado pronunciarse y ha querido poner en valor la ley de Vivienda que el ministro Ábalos dará a conocer próximamente y que vendrá a "resolver una preocupación de jóvenes y de personas vulnerables" con dificultades en el acceso a la vivienda. "Cualquier propuesta que se quiera anticipar creo que no corresponde comentarlo", ha subrayado Montero.
Turismo y transporte
Por su parte, el Consejo de Ministros también ha dado luz verde a la ampliación a nueve meses de las moratorias referidas al sector turístico y al sector del transporte. A principios de julio se aprobaron por real decreto las moratorias referidas al sector turístico y al sector del transporte público de mercancías y discrecional de viajeros en autobús, que no se refieren solo a personas físicas, al ser aplicables también a personas jurídicas.
Estas nuevas moratorias se suman a las medidas aprobadas la semana pasada, que incluyeron la ampliación, hasta el final del actual estado de alarma (9 de mayo), de la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta del alquiler de vivienda, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, con objeto de atender a determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse más allá del 31 de enero, actual fecha de finalización del referido plazo.
Asimismo, se extendió hasta esa misma fecha, 9 de mayo de 2021, los contratos que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses de los alquileres de vivienda, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que el propietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí, en cumplimiento de los plazos y condiciones establecidos en la Ley de Arrendamientos Urbanos.
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