El Ministerio de Vivienda ha aprobado este martes el índice de precios de alquiler para las zonas tensionadas. Consistirá en un sistema de rangos máximos y mínimos que se calcularán a partir de las características de cada vivienda.
Entre otras cuestiones, se tendrá en cuenta si la vivienda tiene ascensor, aparcamiento, el año de construcción o las zonas comunes. El abanico de precios se puede calcular en la página web del Ministerio de Vivienda.
El índice se aplicará, por el momento, sólo en Cataluña, que es la única comunidad que lo ha pedido formalmente. Asturias y Navarra han entablado conversaciones con el Gobierno, aunque, por el momento, no hay ninguna decisión en firme.
Acceda aquí al precio que tendría que tener el alquiler de su casa según el Gobierno
¿En qué zonas de España va a funcionar?
- El índice de precios del alquiler sólo se aplicará en aquellas regiones que, previamente, hayan pedido declarar algunos de sus municipios como zonas tensionadas. Es decir, el Gobierno no puede imponer de forma unilateral a las comunidades su aplicación.
- Por el momento, sólo Cataluña lo ha solicitado formalmente. Asturias y Navarra también han mostrado interés, al igual que algunos municipios del País Vasco.
¿A partir de cuándo entra en vigor?
- El índice está ya disponible en la web del Ministerio, pero hay un plazo de diez días de consulta pública.
- Si Cataluña cumple con todo lo acordado con el Gobierno, la Generalitat podrá aplicarlo de forma inmediata.
¿A qué contratos afecta?
- Este índice de precios será de aplicación obligatoria para todos los grandes tenedores (es decir, más de diez viviendas) con propiedades en las zonas tensionadas. En caso de que ya existiesen contratos firmados con un gran tenedor antes de la aplicación del índice, el alquiler se referenciará lo que sea bajo: el precio del Gobierno o el propio contrato (si su coste es más reducido).
- Si la vivienda no estaba alquilada y acaba de incorporarse al mercado también debe referenciarse al índice.
¿Cómo se han obtenido los rangos del Índice?
- Estos valores se obtienen a través de la aplicación desarrollada por el Ministerio de Vivienda, sobre la base de la información facilitada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, relativa al contenido de las declaraciones del IRPF, de inmuebles de uso residencial en arrendamiento, y mediante unos elementos de corrección y ponderación desarrollados en el contexto de un Grupo Técnico coordinado por la Dirección General de Vivienda y Suelo.
¿Y si no vivo en una zona tensionada?
- El Ministerio de Vivienda ha instado a los inquilinos a usar esta herramienta para negociar el contrato con sus caseros. Así, aunque no tenga validez legal, puede servir para que los inquilinos ganen poder negociador.
¿Quién ha participado en la confección del índice?
- En este grupo han participado representantes de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Dirección General del Catastro del Ministerio de Hacienda, del Instituto Nacional de Estadística, de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G20 de Presidencia del Gobierno, del Banco de España, del Colegio de Registradores, de la Asociación Española de Análisis de Valor y del Consejo General de Economistas.
¿Cómo se calcula el precio?
- En la página web del Ministerio de Vivienda hay un portal habilitado para hacer el cálculo. Debe completarse una ficha sencilla indicando las características de la vivienda.
- Entre otros aspectos, debe indicarse si tiene garaje, zonas comunes o ascensor.
- Una vez completadas todas las características, la aplicación ofrece automáticamente un rango de valores de referencia del alquiler de la vivienda, expresados en euros mensuales, pudiendo el usuario generar un informe en PDF con los resultados obtenidos, y cuyo contenido será verificable a través de la propia aplicación del Ministerio de Vivienda.
¿Qué piensan los agentes del mercado?
- Tal y como contó EL ESPAÑOL-Invertia en el pasado, entienden que se trata de una medida intervencionista que no suavizará los precios del alquiler.
¿Dónde puedo consultar los rangos?
- La información está disponible en la web del Ministerio de Vivienda desde este martes. Puede consultarla en el siguiente enlace.