Hay que remontarse al Consejo de Ministros del martes 13 de febrero para ver la aprobación de una línea de 2.500 millones de euros en avales para la compra de primera vivienda. ¿Destinatarios? Menores de 35 años y familias con menores a su cargo.
A partir de entonces, se abrió un plazo para que las entidades financieras se sumaran a esta iniciativa del Gobierno. Un dato relevante, e indispensable, para aquellas personas interesadas: unas 50.000.
La última entidad que se ha adherido ha sido BBVA. Pero, con anterioridad, ya lo habían hecho otras 18 entidades: Banco Santander, Ibercaja, EVO Banco, Abanca, Caixa Ontinyent, Arquia, Banco Cooperativo Español, Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI) y las Cajas Rurales de Almendralejo, Extremadura, Soria, Teruel, del Sur, Granada, Salamanca, Utrera, San José de Alcora y Cajasiete.
¿Cuál es el objetivo de los avales?
Conviene recordar que el objetivo de esta medida “es que personas que cuentan con solvencia financiera pero que no han generado capacidad de ahorro suficiente para acceder a un préstamo hipotecario puedan adquirir su primera vivienda”. Así lo explican desde el Ministerio de la Vivienda y Agenda Urbana (Mivau).
Y añaden: “La operación de préstamo avalada con esta Línea se formalizará entre el cliente y su entidad financiera”. También remarca que “el aval del ministerio será gratuito tanto para los adquirientes de la vivienda como para la entidad financiera, facilitando de esta forma el despliegue de la línea”.
¿Cuáles son las condiciones?
Aquellas personas interesadas, por tanto, ya pueden acudir a ellas para solicitar estos avales. Pero, antes de hacerlo, y para que no pierdan el tiempo, conviene que sepan cuáles son los requisitos que les van a pedir.
El aval podrá cubrir hasta el 20% del importe del préstamo y podrá llegar hasta el 25% en aquellos casos en los que la vivienda adquirida disponga de una calificación energética D o superior. En este último caso, se podrá avalar hasta el 25% de este importe.
¿Beneficiarios? Personas cuyos ingresos no superen los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). Si la vivienda es adquirida por dos personas, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar, en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno.
Además, la medida incluye algunos factores de mejora. Así, el límite establecido en función del IPREM se incrementará en 0,3 veces (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo. Asimismo, y en el caso de familia monoparental, el límite se podrá incrementar en un 70% adicional.
¿Hasta cuándo estará vigente?
El aval concedido por el Mivau tendrá una vigencia de 10 años desde que se formalice la operación. Y será así con independencia de los plazos de carencia que hayan podido acordar la entidad y el cliente, o de si el plazo de vencimiento del préstamo suscrito entre el cliente y la entidad fuera superior a diez años.
La fecha límite para formalizar los préstamos finalizará el 31 de diciembre de 2025. Eso sí, cabe la posibilidad en el convenio de poder ampliar el plazo hasta 2027. Quienes los pidan tendrán que tener en cuenta que deberán aportar la parte correspondiente a los gastos e impuestos asociados a la operación procedente de sus ahorros. ¿Cuánto?
Aproximadamente el 10% del valor del inmueble. Un dinero que servirá para pagar tantos los gastos de la compraventa (como el IVA o los gastos de notaría) como los de la hipoteca (gastos de tasación y comisión de apertura de la hipoteca, si la hubiera).