El número de ocupaciones ilegales en España sigue siendo elevado. En 2023, y según los datos del Ministerio del Interior, hubo 15.289 denuncias. Cierto que ha descendido un 8,8% respecto al año anterior, cuando ese número fue de 16.765. Aun así, sigue siendo un dato preocupante ya que hablamos de una media de 42 ocupaciones diarias.
Fueron siete las comunidades autónomas en las que aumentó el número de denuncias: Asturias (29,4%), La Rioja (15,6%), Cantabria (14,5%), Canarias (14,4%), Ceuta (12,5%), Euskadi (11,8%), Galicia (11,6%) y Aragón (9%%).
En el otro extremo, donde estos delitos disminuyeron más fue en Murcia (-31,5%), Navarra (-26,5%) y la Comunidad Valenciana (-19,1%). Les siguen Castilla-La Mancha (-12%), Cataluña (-10,6%), Andalucía (-7,2%), Castilla y León (-5,3%), Baleares (-2,4%), Extremadura (-1,3%) y Madrid (-0,1%).
¿Cuánto se tarda en echar a un okupa?
Si se echa la vista atrás, a 2018, entonces el tiempo que se tarda en echar a un okupa estaba entre los 11 y los 12 meses. Desde entonces, ese periodo se ha ido alargando, llegando casi a los dos años a finales de 2023 (23,2 meses).
Así, el periodo medio de los procedimientos posesorios por ocupación ilegal de viviendas en los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción de lo Civil fue de 12 meses (10,6 meses en 2022).
Si se echa todavía más la vista atrás, hasta 2018, vemos que se han triplicado los plazos. Porque, en 2018, ese periodo de tiempo era de 4,9 meses.
Si a ello sumamos las apelaciones de sentencias en las Audiencias Provinciales en procedimientos civiles, hay que añadir otros 11,2 meses. De ahí el resultado final de 23,2 meses para desalojar a un okupa.
¿Cómo actuar según la Policía?
La Policía Nacional dispone de un manual en que se explica cómo hay que actuar ante la okupación ilegal de viviendas. Lo primero que hay que hacer es llamar al teléfono 091, un hecho que pueden realizar no sólo los propietarios, sino también los vecinos o cualquier otra persona que sea testigo de la okupación.
Para los propietarios, la Policía recomienda anotar los datos personales de los testigos que hayan contemplado la okupación. Asimismo, recalca que el propietario no corte los suministros (luz, agua y gas) ni impida la entrada a quienes hayan ocupado la vivienda una vez se haya producido la okupación. La razón es que dichas conductas, de llevarse a cabo, podrían constituir un delito.
Para los vecinos, la Policía aconseja evitar los enfrentamientos con las personas que han ocupado el inmueble. Si es posible, añade, “grabe la ocupación desde un lugar seguro”. Y que avise al propietario de la vivienda.
Cinco son los supuestos en los que se debe acudir a la Policía: ante la presencia de personas ajenas al domicilio en actitud sospechosa; si se es testigo de una okupación; si se observan manipulaciones en las cerraduras, ventanas, cámaras de seguridad…; si se ven hilos de silicona, testigos de plástico/papel o marcas extrañas en la puerta o en el marco; o si se encuentran manuales de ocupación en internet o cualquier otro medio.
¿Cómo debes proteger la casa?
El primero de los consejos de la Policía es cerrar la puerta con llave, aunque la ausencia sea muy breve. También hay que intercambiar medios de contacto con los vecinos para ser avisados en casos de intento de okupación. Y no publicar en redes sociales los planes de vacaciones.
Asimismo conviene instalar medidas de seguridad en los accesos a la vivienda. Por ejemplo, puertas de seguridad en la vivienda y/o rejas en las ventanas. En ventanas de hoja deslizante, se pueden instalar cerrojos especiales. Y es recomendable que el bombín de la cerradura de la puerta sea de tipo “precortado” o “antibumping”.
Si se dispone de cámaras de seguridad, deben estar colocadas en plano horizontal y en lugares con buena iluminación. Un sistema de alarma también es un buen elemento disuasorio. Por último, la Policía recomienda no dejar señales visibles que muestren ausencia.
Así, es una buena medida solicitar a una persona de confianza que recoja el correo del buzón y que acuda al domicilio, al menos, una vez a la semana para subir persianas y encender luces.
También colocar el felpudo del vecino si se tiene conocimiento de su ausencia. Es pertinente no publicar en internet información sobre la ubicación de viviendas vacías ni salidas vacacionales. Y dejar plantas y elementos decorativos en ventanas o balcones.