España vive bajo la preocupación de la escalada de los casos de okupación. Viviendas que se quedan vacías porque sus propietarios se marchan de viaje o de vacaciones. En ese momento, estos grupos aprovechan para entrar en casas ajenas y apoderarse de ellas, amparados a veces en vacíos legales que encuentran en la ley.
Lo peor de esta situación es que gracias a la okupación se han abierto vías de negocio en el sector inmobiliario que se aprovechan de estos casos. Las estadísticas públicas señalan que algunas comunidades de España sufren las consecuencias de la okupación en un mayor grado.
Cataluña es la región de nuestro territorio en la que se producen más casos, ya afecten tanto a pequeños propietarios como a grandes tenedores. Sin embargo, el conflicto y el debate están abiertos en las calles, ya que hay quienes defienden que los jueces y las fuerzas del orden como la Policía deberían, o no aplicar la ley en ciertos casos, o hacerlo de otra forma.
De lo que no hay duda es que cada vez más propietarios se encuentra preocupados ante la oleada de okupaciones. Y es ahí donde muchas personas han visto una oportunidad de negocio. Ya no solo las empresas de desokupación, sino también las aseguradoras, que han empezado a diseñar seguros antiokupas.
Sin embargo, la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) ha alertado a los consumidores de posibles irregularidades en las pólizas de este tipo de seguros. Una de las claves es que se realiza una publicidad confusa que puede confundir y equivocar a aquellos que terminan contratando este tipo de seguros para su hogar.
Seguros antiokupación
Uno de los puntos claves de este tipo de seguros son la cobertura de daños, una ampliación que a veces se solapa con los tradicionales seguros del hogar vinculados a la hipoteca. Pero los conflictos también se producen en materia de asesoramiento jurídico, ya que muchas personas piensan que estos cubren gastos como el abogado o el procurador.
Asufin avisa de que a veces estas empresas intentan confundir a los clientes de manera deliberada con todos estos productos. Una de las vías más sencillas de generar confusión es con el empleo de términos que puede sonar parecido como la violación del domicilio o la usurpación.
"Se confunde deliberadamente con la usurpación, cuando el inmueble donde se comete el delito no es un lugar donde se mora, sea el titular o un inquilino, sino una vivienda deshabitada, como son, por ejemplo, las viviendas abandonadas de los bancos".
Por lo tanto, hay que tener claro qué es el concepto de allanamiento de morada, que es el ingreso o permanencia en una vivienda sin la autorización del morador. Estas situaciones se producen normalmente en viviendas particulares, incluyendo primeras y segundas residencias, y el objetivo es intentar convertir en suya una vivienda sin permiso que puede incluso estar habitada de manera habitual por su dueño.
Por otro lado, la usurpación es la ocupación ilegal de una vivienda deshabitada sin el consentimiento de los propietarios. Un tercero, en este caso el okupa, toma sin autorización este inmueble y lo convierte en su residencia. En líneas generales, estos casos se producen en viviendas que son de bancos, de fondos de inversión o incluso de Hacienda.
Por último, hay que tener claro el concepto de morada, ya que es importante a la hora de definir lo que se considera delito y lo que no. Los Tribunales han acotado el término y han resuelto dudas sobre ubicaciones que podrían ser o no ser morada. Así pues, se considera morada tanto el interior de la vivienda como todos los anexos a la misma. Pero también una caravana, una habitación de hotel o una tienda de campaña.