El equilibrismo de la empresa española con el nuevo mecanismo de CO2 en frontera
El titular por sí solo ya puede generar confusión en el lector o, incluso, desconocimiento. Incluso para todos los que conformamos el ecosistema del transporte internacional de por sí, es complejo y dominamos alguna terminología, pero ni de lejos un conocimiento profundo que requiere un cambio de tal calibre.
El comercio internacional, y más concretamente, las importaciones en España se han convertido en un auténtico reto para los importadores de nuestro país a lo largo de este último año y medio. La entrada del Brexit marcó el punto de inflexión para que conceptos como incoterms, representación indirecta, empresa establecida, Despacho aduanero y un suma y sigue, pasasen directamente a formar parte del glosario habitual de aquellas empresas que tenían intercambios comerciales con Reino Unido.
Adicionalmente, las cadenas logísticas cambiaron completamente con la COVID19, y unido al Brexit, el ámbito del transporte internacional comenzó a enfrentar diferentes complejidades. No obstante, el punto de inflexión han sido todos los cambios que se han promovido en el ámbito de las importaciones y relativo a los controles promovidos tanto por la UE como por España, orientados a, sin duda, la más que necesaria protección de nuestro planeta y cuidado del medioambiente.
Nos enfrentamos a un gran reto para los importadores que tendrán que asumir el CBAM a todos los controles anteriores -procesos no menos farragosos y complejos- y que también suponen un coste.
Regulaciones como la tasa al envase de plástico no reutilizable, la gestión de residuos eléctricos o electrónicos haciendo referencia al ROhS RAEE, los gases fluorados y el más reciente CBAM (Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono), desde octubre de 2023, suponen el incremento de aplicaciones, controles, certificaciones, tasas y documentos, que, obviamente, desafían a los importadores. A sus quehaceres diarios tendrán que sumar asesoramiento de alto nivel o la contratación de servicios externos que aseguren la correcta gestión y ejecución, repercutiendo claramente en los acuerdos comerciales con proveedores de países terceros, allende los mares.
Si nos ceñimos única y exclusivamente al Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM, por sus siglas en inglés) -cuyo periodo de aplicación transitorio se inició en octubre de 2023-, por explicarlo de manera simple, pretende proteger los intereses de la UE y las empresas de su ámbito contra las de otras regiones del mundo en las que los objetivos y compromisos en materia de descarbonización son menos ambiciosos y más laxos.
El CBAM (Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono), desde octubre de 2023, supone el incremento de aplicaciones, controles, certificaciones, tasas y documentos, que desafían a los importadores.
Ante esta tesitura, importaciones de productos tales como cementos, hierro, aluminio, hidrogeno, electricidad y fertilizantes se van a ver sometidas al control en la Unión Europea en materia de sostenibilidad en su proceso productivo. No obstante, es importante destacar que ese control no puede ser equiparable al de otros países donde estos productos no tienen la obligación de cumplir las mismas exigencias en materia de descarbonización y, por tanto, van a suponer un coste inferior y una contaminación superior, una paradoja.
Evidentemente, este control no es baladí, y por tanto no era difícil llegar a la conclusión que los mecanismos de reporte tampoco lo serían. Pongamos como ejemplo a un pequeño o mediano importador (el grueso en nuestro país), cuyo equipo humano se dedica íntegramente a la gestión diaria de la empresa ¿cómo va a hacer frente a esta nueva regulación, cuando posiblemente ni su gestor de confianza esté al tanto de la complejidad que conlleva?
Para empezar, esta regulación exigirá un informe trimestral que detalle las emisiones producidas de los productos importados anteriormente citados. Hasta ahora, al menos en este periodo transitorio, existen algunos valores por defecto para cada producto, no obstante, el Excel de declaración supone un exceso de complejidad que solo podrá ser solucionado por casi un matemático, ya que una de las vías para realizar dichos cálculos requiere de fórmulas: hagámonos idea de la magnitud. Seguro, no obstante, que pronto veremos en el mercado aplicaciones y software que faciliten el calculo para su reporte posterior.
Las cadenas logísticas cambiaron completamente con la COVID19, y unido al Brexit, el ámbito del transporte internacional comenzó a enfrentar diferentes complejidades.
Pues bien, expuesto el escenario, es preciso indicar que el 1 de enero de 2026 los importadores ya deberán entregar los certificados de emisiones de gases de efecto invernadero relativos a la compra e importación de estos productos, por la contaminación durante el proceso productivo y, conllevará un coste para el importador o bien comprar estos mismos productos dentro del ámbito de la Unión.
Todos aquellos que conformamos el sector (agentes de aduanas, profesionales independientes y transitarios, empresas de transporte internacional de carga aérea, marítima y terrestre) hemos tomado el testigo con el firme propósito de promover y divulgar toda esta información con el fin de anticipar y tratar de explicar a nuestros clientes lo que supone este nuevo entramado.
Nos enfrentamos, una vez más, a un gran reto para los importadores que tendrán que asumir el CBAM a todos los controles anteriores -procesos no menos farragosos y complejos- y que también suponen un coste.
Nadie duda de la necesidad de comprometerse con el medioambiente, pero es importante tener en cuenta a lo largo de estos procesos regulatorios las complejidades y equilibrismos a los que se enfrentan aquellas empresas españolas que importan de otros países, puesto que sinceramente, es digno cómo poco de un Circo Mundial.
***Pedro Tierno, Head of Airfreight & Customs Cluster de DB Schenker Iberia