La ministra de Hacienda, este viernes en Sevilla.

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Opinión

El SMI y su tributación en IRPF como el síntoma de la mano en la cartera de Sánchez y Montero

Ignacio Ruiz Jarabo
Publicada

La pelea descarnada y sin cuartel que se ha desatado en el seno del Consejo de Ministros entre las ministras de Hacienda y de Trabajo, ambas vicepresidentas, revela que el Gobierno de Sánchez está descompuesto y falto de la necesaria cohesión interna.

El origen de la última disputa conocida, que tribute o no en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el importe que obtendrán los trabajadores afectados por el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) por el aumento decretado unilateralmente por el Gobierno, conduce a reflexionar sobre cuestiones fiscales de interés. 

El primer aspecto que sugiere reflexión es la relación que debe existir entre el SMI y el mínimo exento de tributación en el IRPF, parámetro que debiera aumentarse hasta igualar el importe del nuevo SMI si se pretende que no sus perceptores no sean gravados por el impuesto.

Por lógica y por concepto, el mínimo exento del IRPF debe ser el importe de los ingresos que resultan imprescindibles para la subsistencia de cualquier español.

Por su parte, tal como se entiende oficialmente, el SMI es la cifra mínima por debajo de la cual se considera que la retribución de un trabajador no resulta digna. 

El mínimo exento del IRPF debe ser el importe de los ingresos que resultan imprescindibles para la subsistencia de cualquier español

Así las cosas, resultaría inconcebible que el SMI fuera inferior al mínimo exento del IRPF pues sería considerar digno un salario que no permitiera sobrevivir al que lo percibe.

En realidad el escenario es el contrario, pues el SMI cuya aprobación ha promovido Yolanda Díaz es superior al mínimo exento que María Jesús Montero no quiere aumentar, lo que quiere decir que aquél sí permite la supervivencia del trabajador que cobra el SMI.

De considerar solo lo anterior, pudiera caerse en el error de dar la razón al Ministerio de Hacienda frente al Ministerio de Trabajo en la feroz pelea que entre ambos mantienen en público.

Pero son más las consideraciones que deben realizarse y al hacerlo se obtiene como conclusión que Montero no tiene razón y que su negativa a atender la pretensión de Yolanda Díaz, que obligaría a subir el mínimo exento del IRPF, no es sino una muestra más, en este caso inequívoca, de la ilegitimidad de una parte básica de la política tributaria del Gobierno de Sánchez.

Montero no tiene razón y que su negativa a atender la pretensión de Yolanda Díaz

Vamos a constatarlo.

Sabemos que el aumento del SMI ha sido un 4,4% -50 euros sobre 1.134- y sabemos también que la inflación habida en 2024 ha sido el 2,8%. Quiere decirse que los primeros 32 euros de la subida del SMI no suponen más que la actualización de su importe de acuerdo con la depreciación de la moneda, pues 1.134 euros de 2024 se corresponden en términos reales con 1.166 euros de 2025.

Por lo tanto, aunque la subida monetaria del SMI sea 700 euros anuales, los primeros 448 euros se corresponden con la actualización monetaria y solo 252 constituyen un aumento en términos reales.

Con criterios técnicos, legítimos y equitativos, éste es el importe máximo que podría gravarse en el IRPF de los perceptores del SMI pero, ¡ay la avaricia!, Montero quiere que sus perceptores paguen por 700 euros, el importe total de la subida.

Ella y su jefe Sánchez desprecian olímpicamente la técnica, la legitimidad y la equidad, solo les preocupa llenar cuanto sea posible la caja del Fisco fuera cual fuese el modo utilizado para hacerlo. 

Pudiera parecer que, por las cifras expuestas, el montante de la disputa es cuantitativamente irrelevante. A fin de cuentas, evitar que tribute la subida monetaria del SMI supondría que el Fisco perdiera 173 millones de euros en la recaudación del IRPF, importe que se eleva 300 millones de euros si se deja fuera de la tributación el total de la subida, la monetaria y la real.

Aunque la subida monetaria del SMI sea 700 euros anuales, los primeros 448 euros se corresponden con la actualización monetaria

Cifras que en ambos casos son serían escasamente relevantes para la Hacienda Pública. Pero no es el caso. Y no lo es porque para evitar que tribute en el IRPF el aumento del SMI habría que aumentar el mínimo exento del IRPF y eso supondría abortar parcialmente el atraco que realiza el Fisco a la totalidad de los contribuyentes por su negativa a deflactar el IRPF y, con ello, se redujera en 1.350 o 2.400 millones lo recaudado por el impuesto.

Y eso es demasiado para la voracidad fiscal de Montero y de Sánchez y para el ilegítimo modo mediante la que la satisfacen.

De modo que deflactar el mínimo exento del IRPF, aunque siguiera sin deflactarse ni la tarifa ni las deducciones parametrizadas del impuesto, supondría reducir significativamente el ilegítimo atraco que anualmente nos realiza la Hacienda Pública sanchista.

Pero ni la ministra de Hacienda ni su jefe están dispuestos a renunciar a una parte del botín de guerra que obtienen con el saqueo anual, ilegítimo e inequitativo, al que nos someten por no deflactar el IRPF. Esa y no otra es la cuestión. 

En definitiva, siendo la pretensión de Yolanda Díaz lograr un objetivo concreto y puntual como es que la subida del SMI no haga tributar en el IRPF a sus perceptores, en su combate por lograrla ha provocado sin pretenderlo que se desvele públicamente de manera clara y nítida la escandalosa y miserable manera en la que Montero y Sánchez se aprovechan de la inflación para meternos la mano en el bolsillo al conjunto de los contribuyentes españoles. 

*** Ignacio Ruiz Jarabo es exdirector de la Agencia Tributaria