¿Cuánto dinero se puede quedar Hacienda con cada premio de la Lotería de Navidad en 2023?
¿Quieres saber cuál es la retención o lo que se quedará Hacienda si te toca alguno de los grandes premios de la Lotería de Navidad 2023? Te lo contamos.
18 noviembre, 2023 12:25Como cada año, el 22 de diciembre marcará la celebración del sorteo extraordinario de la Lotería de Navidad 2023, un evento que, desde hace una década, tiene lugar en el Teatro Real en Madrid. Uno de los sorteos más esperados del año por ese tan deseado premio de 'El Gordo' y que también marcará el inicio del período navideño y que este 2023 tendrá lugar el viernes 22 a las 09:00 horas.
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Pero más allá de los premios y la emoción ligada a la suerte, la Lotería de Navidad también suscita dudas sobre los impuestos asociados. Conoce los porcentajes que la Hacienda retiene de cada premio entregado.
Cuánto se queda Hacienda en la Lotería de Navidad y en cada premio
La Lotería de Navidad 2023 mantendrá la misma cantidad de impuestos que la edición del año pasado. De este modo, los afortunados cuyos premios superen los 40.000 euros deberán pasar por caja e ingresar un 20% del total a Hacienda. En cambio, aquellos premios de importe inferior o igual a 40.000 euros no están sujetos al gravamen de loterías, por lo que si eres uno de los agraciados en conseguir un premio menor a esa cantidad sí que se cobrará de forma íntegra.
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De esta forma, solo el Gordo y los segundos y terceros premios tendrán que tributar ante Hacienda. Los cuartos y los quintos premios, así como la pedrea y el resto de las aproximaciones e íntegros entrarán dentro de la cuantía exenta y no se tributará por ellos a Hacienda.
El Gordo de Navidad
El Gordo de Navidad está premiado con 400.000 euros el décimo. No obstante, solo se tributan en concepto de Hacienda 360.000 euros, de los cuales se grava el 20%. Por tanto, los agraciados con el Gordo de Navidad recibirán 328.000 euros y Hacienda se quedará con 72.000.
Segundo y Tercer Premio
El Segundo Premio de la lotería de Navidad está premiado con 125.000 euros al décimo. De ellos, solo se gravará al 20% un importe de 85.000 euros. Así pues, el poseedor de este premio se llevará 108.000 euros y Hacienda se quedará con 17.000 euros.
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El Tercer Premio tiene una cuantía de 50.000 euros por décimo. De ellos, los ganadores del premio obtendrán 48.000, mientras que la parte correspondiente para Hacienda será de 2.000 euros.
¿Cómo declarar los premios a Hacienda?
Una de las preguntas que suelen hacerse los ganadores de algunos de los premios del sorteo de lotería de Navidad es cómo se declaran a Hacienda las cuantías correspondientes de la tributación.
En este sentido, no hay ningún problema. Cuando el agraciado acuda a cobrar su premio, Hacienda ya habrá retirado de forma automática la tributación que le corresponde. De esta manera, no será necesario tener que hacer ninguna gestión a este respecto.
Además, hay que señalar que los premios del sorteo de lotería de Navidad no se incluyen en la base imponible del IRPF. Quiere esto decir que no habrá que pagar nada en el momento en el que tengamos que realizar la declaración de la Renta anual. No obstante, sí es más que recomendable que a la hora de presentar la declaración se indique que durante este curso se ha ganado un premio de una cuantía considerable.
El premio deberá incluirse en la página 10 de la Renta, concretamente dentro del apartado de Ganancias y Pérdidas Patrimoniales no derivadas de la Transmisión de Elementos Patrimoniales. Aquí hay un epígrafe con el nombre de Premios Obtenidos por la Participación en Juegos, Rifas o Combinaciones Aleatorias sin motivos publicitarios.
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Sí hay que prestar especial atención en aquellos casos en los que se reinvierta el dinero recibido en alguno de los premios de la lotería de Navidad. En estos casos, sí se deben tributar a Hacienda los rendimientos que se obtengan gracias a esta inversión. La forma de hacerlo será a través de intereses bancarios o a través del impuesto de patrimonio.
El premio compartido
Hay que poner especial énfasis en los casos en los que el premio sea compartido. Lo más recomendable es dejar bien claro a la hora de recoger el premio en la administración que este es compartido. Además, si el cobro se realiza a través del banco es muy importante que se identifique bien a todos los ganadores.
Las razones de esto último son las siguientes:
- La entidad bancaria está obligada a informar a la Agencia Tributaria sobre ello.
- Si el premio solo lo cobra una persona y luego se reparte, Hacienda puede considerar que dicho pago es una donación, por lo que entraría en juego el impuesto de sucesiones y donaciones.
El ganador del premio no es una persona física
Suele ocurrir también que el ganador del premio no sea una persona física, sino una empresa, una asociación, fundación, cooperativa, etc. En este caso, las obligaciones tributarias cambian.
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La cuantía del premio queda integrada en la base imponible del impuesto de sociedades. Lo que se descuenta aquí es la retención practicada de la cantidad que resulte a pagar.
Hay que tener muy claro, por tanto, cuál es la cuantía que se lleva Hacienda en concepto de impuestos por la lotería. Este año, como hemos visto, estarán exentos todos aquellos premios que no sean el Gordo y el Primer y Segundo Premio.