El Ayuntamiento pierde 158 juicios por multas de velocidad en la M-30 al no acreditar bien la limitación
Los juzgados critican la "displicente ignorancia" de los escritos del Consistorio ante los recursos de los conductores multados.
14 septiembre, 2023 02:26El Ayuntamiento de Madrid ha perdido en 20 meses, al menos, 158 procedimientos judiciales por multas por exceso de velocidad en la M-30, más concretamente, en los tramos limitados a 70 kilómetros por hora, como los túneles. Nunca antes una Administración había acumulado tantas sentencias en contra por el mismo motivo en tan poco tiempo.
Así lo corrobora la empresa Dvuelta, especializada en tramitar multas de circulación, que ha gestionado los recursos de los conductores afectados. En ninguno de los juicios el Consistorio presidido por José Luis Martínez-Almeida consiguió acreditar en sede judicial la existencia de limitación específica de 70 km/h que validara las sanciones.
Y este es el motivo por el que, a juicio de los Tribunales, debe prevalecer la presunción de inocencia, declarando nulos cada uno de los 158 expedientes reclamados ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid.
De acuerdo con lo establecido en la ley, es la administración quien debe demostrar la comisión de la infracción, para lo que se vale de la medición realizada por los radares fijos que hay en determinados tramos de la M-30.
Al tratarse de una limitación de velocidad específica (no genérica) es obligatorio que se advierta al conductor de tal limitación de manera que pueda adecuar la velocidad a esa circunstancia circulatoria. En ninguno de los 158 juicios que ha perdido el Ayuntamiento ha acreditado ante el Tribunal la existencia de la señalización.
Dos recursos o pronto pago
Las multas de tráfico son sanciones que se suelen resolver por la vía administrativa. Ante un recurso, el órgano sancionador -en este caso, el Ayuntamiento- tiene la potestad de desestimar el recurso. El sancionado deberá elevar el recurso a la vía judicial si considera que la sanción es improcedente.
Esta es una molestia que muy pocos conductores se toman, ya que las multas suelen rondar los 100 euros, sin pérdida de puntos, y con opción de pronto pago. Por cada conductor que llega a la vía judicial puede haber miles que no reclaman.
Sin embargo, los Juzgados de lo Contencioso Administrativo han dado un tirón de orejas al Consistorio de Almeida, por "la displicente ignorancia de sus escritos" ante los recursos de los conductores. "Los ciudadanos se merecen algo más", se puede leer en una de las 158 sentencias.
Un plano de 2017
El Ayuntamiento, en todas y cada una de las ocasiones en le fue requerida la acreditación de dicho límite de velocidad específico, se limitó a aportar al Tribunal unas fotocopias de unos planos de la M-30, una prueba absolutamente insuficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del recurrente, según los jueces.
En una de las sentencias, el Tribunal reprocha al Consistorio el envío de "un plano de señalización en el lugar de la infracción al que no puede otorgarse ninguna virtualidad, no solo por su mala calidad de imagen sino porque está fechado en diciembre de 2017, esto es, en fechas muy anteriores a la de la infracción sancionada y que remite a una tarea de interpretación de símbolos y señales".
En otra sentencia, el juez señala que ese plano remitido por el Consistorio, "es ilegible, ni fechado ni certificado, al igual que un informe con una lista de radares y características sin aplicación al caso concreto".
Pese a este reproche, el Ayuntamiento ha seguido adjuntando como único elemento incriminatorio esta prueba una y otra vez, y lo ha seguido enviando a los Juzgados al menos hasta hace unas semanas. En cada demanda los jueces vuelven a tumbar la validez probatoria de ese plano.
Sin mención a las alegaciones
"Merece añadirse que la Administración (…) persiste en la actuación a la que lamentablemente nos tiene acostumbrados de no motivar las resoluciones sancionadoras, las cuales no dan respuesta a las alegaciones de la interesada, limitándose a plasmar unas resoluciones absolutamente estereotipadas que se insertan en todos los expedientes sancionadores del mismo cariz que llegan a los juzgados de esta ciudad, sin hacer la más mínima mención a las alegaciones de la parte interesada ni a pronunciarse sobre la prueba por ella solicitada", se puede leer en otra sentencia.
"Este proceder procesal por parte del Ayuntamiento de Madrid manifiesta una contumaz desatención a sus obligaciones", considera la empresa Dvuelta en un comunicado. "No solo por la sistemática desestimación de las alegaciones presentadas por los conductores denunciados en la vía ordinaria, sino, lo que es más grave, por no aportar las pruebas que son exigidas en cualquier procedimiento judicial".
En opinión de Dvuelta, "lo primero que hay que resaltar es el sistemático desprecio a los principios rectores del derecho sancionador por parte del Ayuntamiento por no probar la comisión de las infracciones por las que denuncia y hace pagar a los conductores".
En el caso que nos ocupa, hasta en 84 de las 158 sentencias favorables para los intereses de los representados por Dvuelta, los Tribunales condenaron al pago de las costas judiciales al consistorio madrileño. La empresa recuerda que "todas las multas de este tipo que se recurren son susceptibles de ser ganadas tras las preceptivas alegaciones".
200 millones anuales
Madrid es la capital de provincia española que más recauda por multas de toda España, casi 200 millones de euros anuales, casi el triple que la siguiente capital, Barcelona, según el I Estudio Dvuelta sobre Ayuntamientos y Multas. Es la ciudad que más recauda en términos generales, pero también en relación con la población y con el parque móvil censado. Solo la ciudad de Madrid recauda la mitad que la DGT en toda la red de carreteras del país sometidas a su control.
La ciudad de Madrid recauda el 55% del total de la suma de las diez ciudades que más multan en España, muy por encima de la segunda ciudad que más recauda, Barcelona, que se lleva un 17% del total.