Madrid pone coto a los músicos callejeros: prohibidos en la Gran Vía y solo dará 250 permisos en Centro en vez de 1.000
- El distrito Centro aprueba una nueva instrucción para regular a los artistas en la vía pública en pleno 'boom' turístico de la capital.
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Centenaria, emblemática y bulliciosa. La Gran Vía es la arteria de la capital más pateada de Madrid. Por la histórica vía transitaron en 2023 más de 51 millones de personas. Una media de 141.061 peatones al día. El catálogo de atractivos de la famosa calle es largo: fondo de selfis, escenario de películas, escaparate de grandes marcas de ropa, restaurantes de comida rápida, azoteas... Lo que dejará de haber en la famosa calle en los próximos meses son músicos callejeros. Ni artistas que canten a viva voz ni virtuosos con instrumentos.
El Ayuntamiento de José Luis Martínez-Almeida aprobó hace unos días la nueva instrucción que regula las autorizaciones a las actuaciones musicales en las calles del distrito Centro. La normativa sustituye a otra de 2021, que sí permitía música callejera en la Gran Vía. Fuentes municipales explican que, con este ajuste, se ha intentado que en zonas de sobresaturación de peatones "haya las menos aglomeraciones posibles" y la gente no frene su paso. Este tipo de espectáculos son gratuitos. En todo caso, apelan a la generosidad de los transeúntes.
La orden trae un cambio importante: limita el número de autorizaciones. Si hasta ahora se daban hasta 500 por semestre (con una vigencia de seis meses cada una), las nuevas reglas permiten un máximo de 250 al año (con vigencia de 12 meses). Los permisos serán de un año. Cada músico deberá contar con su autorización individual. Da igual que sea solista o pertenezca a una banda.
¿Por qué ahora?
El concejal-presidente del distrito Centro, Carlos Segura, aprobó el decreto con la instrucción el 3 de diciembre. El reglamento, que se publicó el lunes en el Boletín Oficial del Ayuntamiento (BOAM), persigue varios objetivos. Busca que se compatibilicen los shows de los músicos de la calle con la convivencia de los comerciantes y de los vecinos. También conseguir que la música sea "de calidad", con horarios y un uso del espacio adecuados, y que la seguridad jurídica de la tramitación de las autorizaciones esté garantizada.
¿Por qué se lanza ahora la instrucción? La regulación de 2021 prohibió el uso de amplificadores en los espectáculos musicales de la vía pública. Ahora, el nuevo marco legal responde al "gran crecimiento" del turismo en la ciudad y su impacto en las calles y plazas de Centro.
"La alta densidad de ocupación de los espacios públicos aconseja que se revise la citada instrucción, tanto desde la perspectiva del número de autorizaciones, como su frecuencia, así como los espacios que puedan ser utilizados desde un punto de vista medioambiental y de mejora de la convivencia", recoge el texto recién aprobado.
La normativa recoge, por un lado, un puñado de obligaciones generales. Prohíbe que un músico o grupo haga una 'función' de más de una hora en el mismo día y en la misma ubicación. Además, obliga a que haya al menos a 75 metros de separación entre artistas y bandas diferentes. También impone una distancia mínima de tres metros con accesos a viviendas, comercios y salidas de emergencia.
Tres zonas
El reglamento de música callejera, sin embargo, divide el distrito Centro en tres tipos de zonas: comerciales, residenciales y El Rastro, que tiene un protocolo aparte.
Los artistas sí pueden montar sus espectáculos en las vías comerciales de Recoletos (desde Cibeles a Colón), Carmen (entre Callao y Rompelanzas), Alcalá (desde Cibeles a Sol), en la misma plaza de Callao y en la Puerta del Sol, en la plaza de Celenque, de las Descalzas y en la calle Carretas (desde San Ricardo a Sol). Desaparece cualquier mención a la Gran Vía y el tramo que une Sevilla con Alcalá (en la zona de Canalejas). En los lugares permitidos podrán actuar todos los días de 12 a 14 horas y de 18 a 21 horas y tocar instrumentos de percusión.
En las zonas residenciales solo se puede cantar a viva voz, sin instrumentos de percusión y de viernes a domingo (de 12 a 14 horas y de 18 a 21 horas). Como novedad, se limita de siete a cinco el número máximo de integrantes de una banda. En total, se pasa de 50 a 34 ubicaciones residenciales -entre plazas y calles- permitidas con la nueva regulación.
En El Rastro también hay cambios. Se mantienen las instrucciones de que los músicos consensúen con los comerciantes el lugar de la interpretación. Pero se pasa de dividir las localizaciones válidas en cinco tramos a delimitarlas solo en dos.