En Madrid hay más de 280.000 perros según datos del Ayuntamiento. Es por ello que comparten espacio con las personas y su presencia en las calles, parques, plazas y demás es algo habitual. Esto es posible gracias a que puedes pasear con un perro en casi cualquier lugar, siempre y cuando lleven correa, así lo dicta la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales
No obstante, muchos de los dueños de estas mascotas no son conscientes de ello y deciden llevar a su compañero perruno suelto por diferentes partes de la ciudad, siendo esto algo susceptible de sanción o multa. En concreto, la ley considera esta situación una infracción leve, y se puede multar así según dice el artículo correspondiente:
“Artículo 10. Uso de correa y bozal.
1. En los espacios públicos o en los privados de uso común, los animales de compañía habrán de circular acompañados y conducidos mediante cadena o cordón resistente que permita su control.
Artículo 38. Sanciones.
1. Las sanciones aplicables por infracción de los preceptos contenidos en la presente Ordenanza serán los siguientes:
a) Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 150 hasta 300 euros.
b) Las infracciones graves, con multa comprendida entre 300 y 2.400 euros.
c) Las infracciones muy graves, con multa comprendida entre 2.400 y 15.000 euros."
Esta información tiene más importancia que nunca, sobre todo en uno de los parques más famosos y transitados de Madrid, el del Retiro. Esto se debe a que, en una entrevista reciente en Telemadrid, Borja Carabante, delegado de Medio Ambiente y Movilidad en el Ayuntamiento de Madrid, ha refrescado algunas normas al respecto en materia de la presencia de mascotas en dicho recinto, además de otras como la prohibición de celebraciones de cumpleaños.
[Prohibido celebrar cumpleaños en El Retiro]
Estas han sido sus palabras en específico: “Las fiestas de cumpleaños están prohibidas, y llevar perros sueltos por el parque del Retiro depende de horarios señalados”. Centrándonos en la última afirmación, se deduce que hay una serie de horas a las que se puede pasear al perro sin correa sin que se considere una infracción y el dueño pueda ser sancionado.
Estos son horarios en los que se permite tener suelto a un perro por el Retiro, que también se han especificado desde el Ayuntamiento de Madrid:
“En la mayoría de los parques que conserva el Ayuntamiento de Madrid, los perros podrán permanecer sueltos respetando los tramos horarios que establece la ordenanza. En el resto de las horas siempre deberán ir provistos de correa.
- Horario oficial de invierno: entre las 19 y 10 horas.
- Horario oficial de verano: entre las 20 y 10 horas”.
Por tanto, desde las 10:00 horas hasta las 19:00 horas en invierno, y desde las 10:00 horas hasta las 20:00 horas en verano, está prohibido llevar suelto a cualquier perro por este y otros parques. Además, los momentos en los que se permite que los canes paseen sin correa, el Ayuntamiento indica una serie de recomendaciones.
Entre las más importantes están las siguientes: La mascota debe estar a la distancia suficiente para que los amos o dueños puedan verlos y controlar lo que hacen en cada momento, de forma que no se comprometa la seguridad de otras personas, seres vivos o de las infraestructuras. Está prohibido permitir que los perros se bañen en fuentes ornamentales, estanques o similares, así como beber directamente de grifos o caños de agua de uso público.
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