El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estima que la Comunidad de Madrid "vulnera los derechos de los médicos de Atención Primaria y pediatras, en materia de integridad física y salud, al no haberles dotado de forma completa de los medios y medidas de protección en su centro de trabajo".
En una sentencia fechada el 23 de marzo, la Sección Tercera de la Sala de lo Social del TSJM considera en parte la demanda formulada contra la Consejería de Sanidad madrileña por el sindicato Atención Primaria Se Mueve, a la que se han adherido CC. OO., UGT, Amyts, CSIT-Unión Profesional, USO, AFEM y CSIF.
El TSJM determina que la Comunidad de Madrid ha incumplido "con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, de valoración de la carga de trabajo de dicho colectivo y de evaluación de los riesgos de sus puestos de trabajo".
Los magistrados condenan a la Comunidad de Madrid a elaborar "de forma inmediata un plan de prevención de riesgos laborales con la valoración de los puestos de trabajo de los médicos de Atención Primaria y pediatras, evaluación de riesgos de los mismos y determinación de la carga de trabajo", así como "al establecimiento de una plantilla acorde con ello y a la cobertura de las vacantes existentes en la misma".
El plan, según el fallo del TSJM, deberá fijar los cupos, el número máximo de pacientes a atender por jornada de trabajo y el tiempo mínimo de dedicación a cada uno.
Contra la sentencia se puede interponer un recurso de casación que deberá prepararse en la Sala dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
En declaraciones a Efe, la portavoz de Atención Primaria Se Mueve Concha Herranz ha celebrado que el TSJM haya fallado a favor de aumentar la seguridad de los médicos y pediatras de Atención Primaria porque la mejora de las condiciones laborales de este colectivo tiene un impacto sobre la asistencia a los pacientes.
Herranz ha recordado que la demanda contra la Consejería de Sanidad fue presentada el 3 de diciembre de 2020 y que la decisión de acudir a los tribunales se adoptó en febrero del año pasado, antes de la crisis sanitaria de la covid-19.
"La pandemia ha agravado la situación que ya tenía la Atención Primaria. Sin la pandemia, estaríamos en los tribunales, y los tribunales habrían fallado igual", ha señalado.
Ha explicado que los datos que ha aportado la Consejería de Sanidad corresponden a 2018, 2019 y 2020, de manera que el TSJM no solamente ha valorado lo que ha pasado en 2020 y está pasando en 2021, sino que le ha dado "un tirón de orejas" a la consejería que dirige Enrique Ruiz Escudero en materia de prevención de riesgos laborales sobre la forma de proteger a sus trabajadores.
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