La ley de paridad de Sánchez no llega al 28-M: Ayuso y Monasterio, sin listas cremallera
Fuentes del PSOE confirman que la reforma del Ejecutivo nacional no estará lista para los comicios autonómicos de mayo.
14 marzo, 2023 02:16El pasado sábado 4 de marzo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciaba una nueva ley de paridad para mejorar la igualdad real entre hombres y mujeres. Una norma que fue aprobada el martes en el Consejo de Ministros y que, entre otras cosas, obligaba a que las listas electorales fueran "cremallera" (es decir, mujer, hombre, mujer, hombre...).
La iniciativa fue criticada por dos mujeres de la política madrileña: Isabel Díaz Ayuso, presidenta de Madrid y líder del PP en la Comunidad, y la portavoz de Vox en la Asamblea y también presidenta del partido en la región, Rocío Monasterio.
Las dos mujeres y sus equipos criticaban la medida defendiendo el argumento de que una mujer debe llegar a un puesto por "sus méritos" y no por cumplir unas cuotas. Sus declaraciones dejaban claro su rechazo a que existan listas cremallera en la Asamblea de Madrid aunque si se hubiera regulado por ley no les habría quedado más remedio que cumplirlo. Pero no es así.
Madrid Total ha confirmado con fuentes del PSOE que la ley de Paridad de Pedro Sánchez no estará lista para las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo por lo que ni Rocío Monasterio ni Isabel Díaz Ayuso deberán pensar en el formato mujer-hombre-mujer para elaborar su candidaturas.
En estos momentos, en los municipios de España sí hay una ley que obliga a promocionar la paridad entre hombres y mujeres en las listas electorales, pero no es algo que ocurra a nivel regional ni nacional; precisamente donde quiere llegar el Gobierno. El problema es que los tiempos para que la nueva norma entre en vigor no dan tiempo para obligar a PP o a Vox a hacerlo en las diferentes asambleas regionales.
Ambos partidos en la Comunidad de Madrid coinciden en reprochar esta idea porque "se tiene que defender la presencia en igualdad pero no imponerla". La presidenta regional incluso bromeó con que tenía a dos nuevas consejeras "Enriqueta Ossorio" y "Enriqueta López" y que ella no quiere "picar en la mina", por lo que daba las gracias a los hombres que lo hacían.
Sin embargo, fuera de nuestras fronteras, las listas paritarias y cremallera sí son algo habitual.
Francia, por ejemplo, es uno de esos países en los que existe el sistema de listas cremallera con candidatos alternativos de cada sexo. Mediante una ley de paridad aprobada en el año 2000, se estableció la obligatoriedad de usar este método para la elección de senadores. En 2017 se volvió a modificar la ley para que también fuera necesario en las elecciones municipales y regionales.
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Fuera de Francia, la decisión está extendida en varios países como los verdes en Alemania o algunas agrupaciones suecas. En España también es algo habitual en las candidaturas de PSOE y Unidas Podemos.
Ley española
La Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres de 2007 contempla la presencia equilibrada de hombres y mujeres en las listas electorales, pero en una pequeña parte.
Con esta normativa, que es la que sí está vigente, sólo se obliga a un equilibrio de un mínimo del 40% y un máximo de 60% en las listas. No se trata de una lista cremallera como tal, porque sólo es aplicable en tramos de cinco en cinco.
Es decir que, según la norma aprobada durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, los municipios tienen que tener, como mínimo, tres candidatos de un sexo y dos del otro en los cinco primeros puestos de salida.
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La ley era ambiciosa, pero se quedó corta rápidamente. Se actualizó en 2011 para ampliar su rango de actuación. En un primero momento, estaba concebida para los municipios con más de 5.000 habitantes y en 2011 se amplió para que llegara a los de más de 3.000.
Algunas comunidades como Castilla-La Mancha, Andalucía o las Islas Baleares ya han puesto en marcha este método y es obligatorio presentar listas cremallera.
En el caso de la ley electoral andaluza, el PP intentó parar su puesta en marcha pero fracasó. Después de que el PSOE aprobara la obligatoriedad de las listas cremallera, el PP interpuso un recurso de inconstitucionalidad que en abril de 2011 fue desestimado por parte del Tribunal Constitucional.