Ni los ecologistas ni los montañistas. El decreto con los cambios que la Comunidad de Madrid ha realizado en el Plan Rector del Parque Nacional de Guadarrama no convence del todo a ninguno de los dos colectivos. Hace dos semanas, el Gobierno regional publicó la modificación de la estrategia que marca cómo se debe usar y gestionar este emblemático lugar protegido. Cumplía así con una sentencia del TSJM que revocó varios artículos del reglamento autonómico y que daba la razón a las quejas de Ecologistas en Acción sobre la desprotección de la zona.  

El Plan Rector recoge las directrices para la protección y conservación del territorio del Parque Nacional. Este refugio de la biodiversidad cruza de este a oeste el centro de la Península Ibérica. Sólo en la Comunidad de Madrid se expande por 21.714 hectáreas y varios municipios del norte y el noroeste de la región.

El Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso aprobó en febrero de 2020 el conocido como PRUG, pero la organización ecologista recurrió el plan en los tribunales con apoyo del Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA). El TSJM falló en noviembre de 2022 y la Comunidad publicó el 18 de septiembre el decreto modificado, fijando las vías y senderos transitables autorizados y las pruebas deportivas autorizadas, informa Europa Press.

La sentencia de 2022

Entre los artículos que anuló el tribunal está el 48.2 que permitía la pernoctación por encima de la cota de los 2.000 metros, cuando el reglamento anterior era más restrictivo. También se invalidó el artículo 47.b.5 por consentir la apertura de nuevas vías de escalada en roca, ya que la normativa precedente no lo contemplaba. 

La Justicia también consideró como "incompatibles" con los objetivos de un parque nacional las pruebas y competiciones incluidas en el artículo 38.1. Según explicó en su día Ecologistas en Acción, la dirección del Parque Nacional de Guadarrama se basaba en este precepto para dar el visto bueno a "decenas de pruebas multitudinarias todos los años", algunas de ellas "atravesando las zonas más sensibles del macizo de Peñalara".

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En este sentido, el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, norma de rango superior, solo permite la autorización de este tipo de pruebas como algo excepcional y siempre que se identifiquen en el PRUG las actividades concretas autorizadas

Otro de los artículos suprimidos fue el 45.2, que permitía el acceso público y el tránsito por todos los caminos y senderos del Parque Nacional existentes y no sólo por aquellos autorizados, como marca el Plan Director. 

Los cambios del decreto

Los ecologistas celebraron entonces el fallo judicial, que ganó firmeza el pasado 9 de febrero. El Patronato del Parque Regional se puso manos a la obra para elaborar los cambios en su Plan Rector. Uno de ellos ataja el asunto de la señalización de las vías y senderos transitables autorizados y la otra modificación aborda las pruebas deportivas autorizadas con carácter excepcional.

Las competiciones se detallan en un anexo y, con el objetivo de reducir su incidencia ambiental, se podrán alterar los itinerarios. El nuevo texto establece que no se autorizarán aquellas que dejen de celebrarse a lo largo de más de dos temporadas consecutivas. 

Críticas de ecologistas y montañistas

En declaraciones recogidas por Europa Press, tanto los Ecologistas en Acción como la Federación Madrileña de Montañismo (FMM) critican diferentes aspectos del PRUG recién publicado por la Comunidad.

Los ecologistas consideran que el Plan no recoge todos los puntos de la sentencia del TSJM y que el listado de pruebas deportivas permitidas es "excesivo y sobredimensionado". De hecho, María de los Ángeles Nieto, portavoz de Ecologistas en Acción, asegura que "son actividades expresamente prohibidas y de ellas se obtiene un suculento aprovechamiento económico por parte de sus organizadores". También cree que se debería tener en cuenta el número de pruebas promovidas por cada entidad. 

Desde Ecologistas lamentan que el decreto "no" mencione "nada" de que se haya anulado el artículo 48.2 sobre la pernocta por debajo de los 2.100 metros. Tampoco -añaden- se hace referencia a que el fallo prohibiera el cambio y registro de determinados albergues y espacios para usos hosteleros en mitad de la montaña. 

La Federación Madrileña de Montañismo (FMM), por otro lado, sostiene que la Comunidad de Madrid podría haber sido "más ágil" aprobando los cambios del PRUG tras la sentencia. "Esta demora ha mantenido una situación de inseguridad jurídica, particularmente relevante, para las carreras por montaña".

Arroyo de Peñalara en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. Comunidad de Madrid

La Federación advierte de que la lista de senderos autorizado sigue dejando fuera a otros que "permitían el disfrute del Parque sin perjuicio alguno para su conservación". "Asimismo, existen dudas sobre los tramos que incluyen los senderos autorizados en el Decreto, por lo que la FMM va a procurar su aclaración con los responsables del Parque Nacional". 

Sobre las carreras por montaña, la FMM celebra que la lista aprobada por el Gobierno autonómico recoge todas las pruebas que debían ser incluidas, pero critica que algunas de ellas "es difícil que puedan celebrarse ya este año".

La organización también apunta a otras cuestiones que "no aborda" el texto final y que si se ponen "de manifiesto por la sentencia". En concreto, asegura que el decreto "no retoca" el asunto de la escalada y no aclara dónde se puede llevar a cabo ahora el vivac -acampada que se realiza con la intención de pasar la noche al aire libre de manera provisional-.