Los familiares de ancianos que fallecieron en las residencias de ancianos de la Comunidad de Madrid durante la Covid-19 han empezado a recibir cartas para notificar la necesidad de liquidar los gastos de sus familiares durante sus estancias en época de pandemia.
Tal y como ha publicado la Cadena SER, el director general de Atención al Mayor ha sido la persona encargada de firmar estas cartas que están requiriendo dichas deudas por no ser abonadas.
Los familiares han denunciado esta situación, aunque, según la Consejería de Servicios Sociales, su requerimiento es una obligación que ellos mismos tienen, pues la legislación estatal "no estableció ninguna excepcionalidad con las deudas pendientes durante la pandemia". Esto quiere decir que ha ocurrido igual en la Comunidad de Madrid o en otras regiones.
El dinero reclamado ahora oscila entre los 600 y los 900 euros y corresponde al tiempo que los ancianos estuvieron internados. Pero a juicio de sus familiares, esa una reclamación injusta, ya que les están reclamando un dinero por un servicio que "no se prestó".
Aseguran que sus familiares murieron por "no tener derecho a una tención sanitaria digna". Un argumento que llevan reclamando determinados grupos de la izquierda desde el final de la pandemia, pese a que los Tribunales de Justicia hayan negado este hecho en más de diez ocasiones.
Plazas públicas
Según han explicado desde el Gobierno regional, las reclamaciones de liquidación de deuda se están haciendo porque "todas las Administraciones públicas están obligadas por la legislación estatal a requerir a los ciudadanos sus deudas".
"En este caso, de forma periódica y habitual, se revisan los expedientes de las plazas con financiación pública de las residencias, tanto de residentes que continúan ocupando las plazas como de personas fallecidas", han añadido.
Sobre el porqué tardar tanto en enviar estas cartas. Desde Servicios Sociales explican que en el caso de las deudas de residentes fallecidos, su proceso es mucho más "complejo" y se dilata en el tiempo "al tener que requerirse a los herederos".
"La declaración de herederos normalmente no se realiza antes del año de fallecimiento y hay que considerar después si existen renuncias a las herencias y localizar los domicilios de todos los herederos", añaden.
[La orden de no derivar ancianos de las residencias a hospitales no era un borrador: estaba firmada]
Así las cosas, en estos procesos, se requiere a todos los herederos de los fallecidos en los que se producen impagos que hagan frente entre ellos a la deuda pendiente, sin poder distinguir la causa que genera el impago ni otras cuestiones particulares de cada caso.
Con todo ello, y como ya han anunciado algunos afectados que van a hacer, la Comunidad recuerda que los requeridos disponen de la posibilidad de presentar "recurso de reposición o reclamación económico-administrativa", tal y como prevé la legislación.