El Juzgado de Primera Instancia número 68 de Madrid ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por el expresidente de la Comunidad Joaquín Leguina contra el PSOE por su expulsión del partido en diciembre de 2022.
Así consta en un auto, al que tuvo acceso EL ESPAÑOL, en el que la juez María del Carmen Martínez deniega las peticiones formuladas por el exdirigente en el marco de la demanda que interpuso contra el actual secretario de organización del PSOE, Santos Cerdán, y contra otro alto cargo del partido, Marta López Expósito.
Leguina reclama a la Justicia que se declare la vulneración de su derecho fundamental al derecho de militancia en el PSOE y, con ello, que se acordara la paralización del procedimiento interno —el expediente disciplinario que le abrió el Partido Socialista— por plazo de más de un año.
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El exdirigente también pretendía que se procediera a anular la resolución que, el 23 de noviembre de 2022, le suspendió cuatelarmente la militancia y que se le reconozcan daños morales, al considerar cercenado su derecho a la crítica política y la libertad de expresión.
"A los meros efectos de valorar la procedencia de la adopción de la medida cautelar", la magistrada reprocha a Leguina que no haya justificado "por qué no la ha solicitado antes (...) de que transcurriese más de un año desde que tuvo conocimiento de la suspensión de militancia".
Lo podría haber hecho "bien ante el órgano competente para conocer del recurso, bien en el propio escrito de alegaciones del pasado diciembre de 2022, bien en un momento posterior, o bien, incluso, mediante el inicio de un procedimiento civil", recuerda el auto.
A renglón seguido, la magistrada reprocha a Leguina que pretenda alterar ahora "una situación de hecho, la suspensión de militancia, que ha consentido durante largo tiempo, al no haber arbitrado mecanismos de los que disponía para intentar recuperar el pleno ejercicio de sus derechos como militante en un tiempo razonable, mientras se sustanciaba el expediente".
Por todo ello, la juez rechaza la adopción de la medida cautelar que solicitaba el expresidente de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de que, al finalizar el procedimiento, Leguina sí obtenga su propósito.
Además, este auto de la magistrada no es firme y puede ser impugnado, mediante un recurso de apelación, en la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de 20 días.
El PSOE abrió un expediente de expulsión a Leguina y también a Nicolás Redondo Terreros el 6 de mayo de 2021, después de las elecciones autonómicas a la Comunidad de Madrid (4-M), por considerar que ambos habían pedido el voto para la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, del PP.
Los dos exdirigentes la acompañaron en un acto de la campaña de las elecciones autonómicas del 4 de mayo. La decisión fue adoptada inmediatamente, en la reunión de la Ejecutiva Federal del PSOE posterior a estos comicios.