La historia de Chinchón, al suahili: Ayuso destina 50.000 euros a traducir obras "de interés para Madrid"
Madrid abre unas ayudas para traducir ensayos, comics, poesía o teatro a diferentes idiomas con el fin de "difundir el patrimonio cultural" de la región.
13 agosto, 2024 01:51Isabel Díaz Ayuso quiere que la comunidad sea conocida en el mundo entero. Desde proyectos culturales, turísticos o industriales, el Gobierno regional está apostando por hacer de Madrid ese punto en el mapa que todos deben conocer.
Ahora, gracias a una nueva partida de ayudas lanzada desde la Consejería de Cultura que dirige Mariano de Paco, esto se podrá transponer a la literatura.
Y es que, la citada cartera ha convocado unas líneas de ayudas, correspondientes a 2024, con una cuantía de 50.000 euros, para la traducción a lengua extranjera de libros editados en español.
Según ha publicado el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), estas ayudas se dirigen a apoyar la traducción a lengua extranjera de obras literarias, clásicas y contemporáneas, o científicas, siempre que sean de "interés para la Comunidad de Madrid".
El texto de la consulta pública no concreta las temáticas a tratar o la relevancia de dichas obras. Sólo que tiene que estar publicado previamente y que sólo podrá optar a la subvención su autor.
Explican que estas subvenciones se podrán destinar, en exclusiva, a la traducción en lengua extranjera de dichas obras "con la finalidad de promover la edición y publicación en países extranjeros en lenguas no españolas, de obras integrantes del patrimonio cultural que sean de interés para la Comunidad de Madrid".
¿Esto qué quiere decir? Pues que un libro sobre cualquiera de las villas de la región, como puede ser Chinchón, o de la historia de una Ciudad Patrimonio de la Humanidad (como puede ser Alcalá de Henares o Aranjuez) se podrá traducir a diversos idiomas con el objetivo de "promover" dicho patrimonio.
Madrid tampoco concreta en qué lenguas se subvencionarán dichas traducciones. Puesto que se abre a todas (dentro y fuera de la UE). Y es que, no es una subvención al uso. Lo que deben de hacer los autores, es presentar sus solicitudes y, a partir de ahí, una "comisión técnica", y bajo unas premisas publicadas previamente, evaluará cuáles costea y cuáles no.
Criterios de valoración
La Comunidad ha publicado unos criterios básicos de valoración por los cuales las obras van 'acumulando' puntos. Van desde si da a conocer la creación cultural del patrimonio de Madrid hasta la trayectoria de la editorial que los solicita.
En lo que respecta al idioma, Madrid prima que la obra se traduzca al inglés, alemán, francés, italiano o chino (países que son emisores de turistas a la región) frente a otra lengua de la Unión Europea o el resto de lenguas. No descarta ninguna.
El traductor es una parte importante de esta subvención, pues su trayectoria también cuenta. Los traductores que cuenten con distinciones adicionales tendrán 20 puntos extra y aquellos que ya hayan traducido una obra previa del autor que presenta su libro, también.
Madrid no distingue entre el tipo de géneros a traducir y de hecho asegura que se buscará "un equilibro" entre ellos. Nombrando, a modo de ejemplo, poesía, ensayo, teatro, narrativa o cómic.
Así las cosas, para valorar si las obras merecen o no la citada subvención se tendrá en cuenta: el interés general del proyecto (el autor, la vigencia de obra, su influencia...), la coherencia en el presupuesto y coste de la traducción, la trayectoria de la editorial, que el autor ya haya sido traducido con anterioridad o que este proyecto dé a conocer la creación cultural en la región.
En lo que respecta a las lenguas, Madrid no descarta ninguna, aunque dará más valoración a aquellas traducciones "vinculadas a zonas geográficas prioritarias para la política cultural", como es el francés, el chino o el inglés.
¿Quién puede beneficiarse?
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOCM. Es decir, desde este martes 13 de agosto.
Los beneficiarios deberán realizar la edición subvencionada en un plazo no superior a 18 meses, contados a partir de la fecha de publicación de la concesión. "Asimismo, la ejecución deberá cumplir con el requisito de ser un proyecto de nueva creación o tratarse de un proyecto ya publicado, respetando en todo caso el plazo máximo establecido", especifican.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las personas físicas que sean profesionales autónomos (correspondientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social) que estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la Comunidad de Madrid, y las empresas, siempre que cumplan los requisitos de dicha orden.
Además, Madrid insiste en que un requisito básico es ser editor de la obra subvencionada. Por lo que no se admitirán obras editadas por persona, física o jurídica, distinta al beneficiario, "ni siquiera cuando se encuentren integradas en el mismo grupo empresarial".