Tan sólo queda poco más de un mes para que tengan lugar las elecciones autonómicas y municipales de la Comunidad de Madrid. En concreto, la fecha que se ha marcado en el calendario para que los ciudadanos acudan a las urnas es el 28 de mayo.
No obstante, mientras algunos ciudadanos estén preocupados por el hecho de que esta fecha les coincida con un evento importante y no puedan ir a votar, otros votantes se preocupan por asuntos más distintos. De esta forma, el problema o la preocupación de algunos ciudadanos de Madrid es que les toque ser miembros de la mesa electoral durante las elecciones del 28 de mayo.
Por lo que si eres uno de estos ciudadanos, que están preocupados con que les toque ser miembros de la mesa electoral durante el 28-M y echar todo el día en uno de los colegios electorales. A continuación, te contamos cuáles son los motivos que pueden dar lugar a que una persona sea eximida de tener que acudir ese día.
¿Cómo se elige a los miembros de la mesa electoral?
Los miembros de la mesa electoral se conocerán a finales del mes de abril. Pero, todavía no se han elegido cuáles son los miembros y el Presidente de esta mesa.
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En este caso, el Ayuntamiento de Madrid es la figura encargada de elegir a los miembros que componen estas mesas, formada por un Presidente y dos Vocales. Por lo que los ciudadanos tienen que estar pendientes, durante el mes de abril, ya que, la documentación electoral para este trámite llegará a los domicilios de los madrileños desde el 22 al 29 de abril.
En esta documentación que se recibe en casa se va a incluir una carta en la que aparece la dirección de la Junta Electoral y los sobres donde aparece la dirección de la Oficina Consular en la que están inscritos estos electores.
Además de esta documentación que llega a casa, también se incluye una hoja que indica cómo ejercer el derecho al voto.
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Asimismo, el nombramiento del Presidente y Vocales se realiza mediante sorteo entre las personas que se encuentran en la lista de electores de la mesa que les corresponde.
¿Quiénes se pueden librar de la mesa electoral?
Hay varias circunstancias y situaciones en las que los ciudadanos se pueden librar de formar parte de la mesa electoral. A continuación, te contamos cuáles son las condiciones que se tienen que dar para librarse de tener que pasar el día de las elecciones de Madrid en la mesa electoral.
- Las embarazadas de más de 6 meses
- Aquellas que tienen riesgo durante el embarazo en los 6 primeros meses
- Mujeres en periodo de lactancia hasta que el bebé cumpla 9 meses
- Quienes se encuentran de baja maternal
- Quienes se encuentran de baja paternal
- El Presidente de la Mesa que no cuenta con las titulaciones necesarias de Bachiller o Formación Profesional de segundo grado o el graduado escolar
- Aquellos que no saben escribir ni leer
- Quienes tienen más de 65 años
- Haber formado parte de la Mesa en al menos tres ocasiones en los últimos 10 años
- Aquellos que tienen discapacidad
- Quienes cobran una pensión por gran invalidez
- Quienes están de baja laboral
- Las personas que tengan una lesión o enfermedad que no les permita ejercer las funciones en la Mesa Electoral
- Las monjas o monjes de clausura
- Los médicos
- Los enfermos psiquiátricos
- Los presos
- Los policías
- Los directores y jefes de los medios de comunicación
- Los bomberos
- Los profesionales que tienen que asistir a eventos públicos el mismo día de la votación
- Los ciudadanos que tienen un evento familiar importante el mismo día de las elecciones que no se pueda aplazar y siempre y cuando el miembro de la Mesa Electoral encabece ese evento o tenga una relación de parentesco con el protagonista (sea su hermano, abuelo o nieto).
- Quienes tengan que aportar sus servicios a las juntas electorales, juzgados y administraciones públicas durante el día de la votación
- Las víctimas de delito con orden de alejamiento
- Quienes tengan que realizar operaciones o pruebas clínicas durante el día de las elecciones
- Los ciudadanos que hayan cambiado de residencia habitual a otra Comunidad Autónoma
- Aquellos que tengan que cuidar de menores de 8 años o de personas con discapacidad física, psicológica o sensorial
- Quienes necesiten cuidar de un familiar de hasta el segundo grado de consanguinidad por motivos de edad, enfermedad o accidente
- Los padres y las madres de menores de 14 años siempre y cuando ninguno de los dos pueda hacerse cargo del pequeño durante el día de la votación
Requisitos para ser elegidos en la mesa electoral
Una de las principales condiciones para ser miembro de las mesas electorales de Madrid es ser menor de 70 años y que se tengan conocimientos de escritura y lectura. El Presidente, además, deberá tener titulación de bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o el de graduado escolar.
Estos cargos son obligatorios y no pueden cubrirlos los candidatos. Sin embargo, los mayores de 65 años pueden renunciar en un plazo de siete días. En concreto, esta designación tendrá que notificarse en un plazo de tres días y las consultas se dirigirán a la Junta Electoral de Zona de cada municipio.
Los miembros de la mesa electoral de Madrid, por otra parte, recibirán una dieta de 70 euros por permanecer durante 11 horas en la Mesa, durante este 2023, cuando antes recibían sólo 65 euros. Asimismo, solo podrán recibirla quienes sean titulares, es decir, los Presidentes y los Vocales, pero no los suplentes.
Una vez, los ciudadanos han sido nombrados miembros de la Mesa, estos recibirán un manual de instrucciones sobre sus funciones.