La Comunidad de Madrid ha modificado el protocolo de las pruebas diagnósticas por coronavirus y ha determinado que se harán test a los contactos estrechos, sólo en los casos de ser convivientes, personas vulnerables, trabajadores del ámbito sanitario y sociosanitario y situación de especial riesgo o aquellos contactos que presenten síntomas.

En un documento fechado el 28 de septiembre, la Consejería de Sanidad ha indicado que en estos supuestos se realizará una prueba diagnóstica que será "un test rápido de detección de antígeno o una PCR".

"En la situación epidemiológica actual, la realización de una prueba diagnóstica de infección aguda a los contactos estrechos se indica en determinados colectivos: convivientes, personas vulnerables, personas que atienden a personas vulnerables, ámbitos sanitario y socio-sanitario y en situaciones de especial riesgo que establece salud pública", indican en el protocolo.

Con este nuevo protocolo, la Comunidad se adapta a los nuevos criterios actualizados por la Comisión de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, donde se señalaba que cada comunidad autónoma puede decidir si realizar o no test a contactos estrechos dependiendo de la situación epidemiológica.

Cuartentena

La Comunidad de Madrid también ha reducido el periodo de cuarentena de 14 días a 10 de la fecha del último contacto con un caso confirmado, aunque no se haya realizado la prueba diagnóstica, una medida que también se recoge en el nuevo protocolo de Sanidad.

Sin embargo, en el documento adscriben que durante los 4 días siguientes a la finalización de la cuarentena "se siga vigilando la posible aparición de síntomas" y si esto se diera, se deberá permanecer aislado en el domicilio.

Esta medida está "en constante revisión", señalan desde Sanidad y han defendido la reducción de los días de cuarentena en base a un informe del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC).

El nuevo protocolo establece que no será necesaria la realización de una PCR para levantar el aislamiento ni para reincorporarse a la actividad laboral y los casos que hayan requerido ingreso hospitalario podrán recibir el alta hospitalaria aunque su PCR siga siendo positiva.

Aunque, en este caso, se deberá mantener aislamiento domiciliario con monitorización de su situación clínica al menos 10 días desde el alta hospitalaria.

Para el diagnóstico de casos se establecen dos tipos de pruebas: una prueba rápida de detección de antígenos y una detección de ARN viral mediante una PCR.

El documento recuerda que, a nivel comunitario, se considerará contacto estrecho a cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros y durante más de 15 minutos.

"Las personas que ya han tenido una infección por SARS-COV-2 confirmada en los 3 meses anteriores estarán exentos de hacer cuarentena", han señalado desde la Consejería de Sanidad.

La Consejería establece que a toda persona con sospecha de tener coronavirus se le realizará una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA), que puede ser una PCR o un test de antígenos, en las primeras 24-48 horas, que se podrá volver a repetir si es negativa y hay alta sospecha clínica de contagio.

Si la prueba realizada en un inicio es un test de antígenos, se realizará una PCR y si se realizó una PCR de inicio, se repetirá la PCR a las 48 horas.

En el caso de que la prueba diagnóstica continúa siendo negativa y han trascurrido varios días (al menos 7) desde el inicio de los síntomas, se podría plantear la detección de IgM mediante una prueba serológica o de detección de anticuerpos.

La Comunidad de Madrid indica que, en el caso de que haya una demanda importante de realización de pruebas, se priorizará a los pacientes sintomáticos graves o vulnerables, seguidos de pacientes que necesiten ingreso hospitalario por otras patologías y de otros pacientes sintomáticos.

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