Los tiempos van cambiando y los nombres también, así cada vez podemos ver a personas con nombres más modernos. Aunque, es cierto que los nombres más tradicionales tampoco han dejado de usarse.
Asimismo, también hay que tener en cuenta que en España, al igual que en Madrid, La ley de Registro Civil incluye algunas restricciones a la hora de poner un nombre a nuestros hijos. Por lo que en algunos casos los nombres demasiado modernos o raros no están permitidos.
En concreto, en España cada comunidad autónoma tiene su preferencia de los nombres más usados. Si quieres saber cuáles son los más frecuentes en la Comunidad de Madrid, te lo contamos, a continuación.
¿Cuáles son los nombres más frecuentes en Madrid?
En unas zonas de España unos nombres son más comunes que otros y lo mismo ocurre en Madrid. A continuación te contamos cuáles son los nombres más frecuentes en la Comunidad de Madrid, según recogen los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), referidos al año 2022.
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Según estos datos, los Antonio en Madrid son 65.478 y las María del Carmen suman 84.162. Así, la región de Madrid sigue la misma tónica que el resto de España, donde Antonio es el nombre de hombre más frecuente en el conjunto del país (627.738) y María del Carmen el de mujer (636.109).
Después de María del Carmen, los nombres más comunes entre las mujeres que residen en Madrid son María, Laura, María Pilar, Carmen, Cristina, Marta, Lucía, María Teresa y Ana María. En el caso de los hombres, tras Antonio le siguen David, Javier, Daniel, Carlos, Manuel, José Luis, Alejandro, José y Francisco.
¿Qué ley regula la legalidad de los nombres?
La ley del Registro Civil se ha adaptado a los nuevos tiempos, pero sigue incluyendo restricciones significativas, que hacen que el nombre de los hijos no acabe siendo una decisión única y exclusiva de los progenitores.
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En muchas ocasiones, la gente puede llegar a pensar que la ley española prohíbe el uso de algunos nombre concretos, como son, por ejemplo, Hitler, Lucifer, Judas... u otros como Engendro y loco. Pero, la realidad es que esto no es exactamente así, ya que, no se prohíben nombres concretos, sino aquellos que puedan perjudicar a la persona, hacer difícil su identificación o dar lugar a que se confunda su género.
Los nombres de niño y niña prohibidos en Madrid
En España y en la Comunidad de Madrid, como hemos indicado con anterioridad, los nombres de los niños y niñas están regulados por la ley del 8 de junio de 1957. No obstante, no se trata de una ley inamovible, ya que, ha experimentado varios cambios con la intención de adaptarse a los nuevos tiempos.
De esta forma, esta ley ha pasado de admitir hace algunos años sólo nombres cristianos a dejarse llevar por la originalidad de los padres. Como consecuencia de ello, en España se pueden encontrar niñas con el nombre de Arya o Daenerys, que pertenecen a la serie de HBO, Juego de Tronos.
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No obstante, aunque la ley del Registro Civil sea ahora más permisiva, deja claro cuáles son los límites en estos casos. Así, los nombres de niños y niñas que se prohíben tanto en España como en Madrid son aquellos que pueden tener connotaciones negativas o puedan atentar contra la dignidad de los menores.
A continuación, te contamos todos los supuestos que pueden dar lugar a que el nombre de un niño o niña pueda ser rechazado en el Registro Civil. Además, en el caso de que esto pase y el nombre elegido por los progenitores sea rechazado, los padres deben de enviar una nueva propuesta de nombre en menos de tres días. Ya que, si no se recibe otra propuesta, el Ministerio de Justicia tiene la potestad de intervenir y elegir un nombre.
Motivos por los que un nombre es rechazado
Por tanto, hay nombres prohibidos por el Registro Civil, aunque la ley se haya vuelto más flexible y se haya adaptado a los nuevos tiempos. A continuación, te decimos las causas que dan lugar a prohibir un nombre:
- Prohibido usar el mismo nombre entre hermanos: por ejemplo, dos hermanos no se pueden llamar Joan y Juan.
- Prohibidos nombres que puedan atentar contra la dignidad del niño: es el caso de Hitler, Caín o Judas.
- Prohibidos otros nombres como Loco o Caca: el motivo es que sus connotaciones sociales pueden causar un perjuicio.
- Nombres compuestos, sí, pero no más de dos: "No podrá consignarse más de un nombre compuesto, ni más de dos simples", establece el artículo 51. Esta norma es reciente porque antes sí se permitían tres o incluso cuatro nombres.
- Ni los apellidos, ni las marcas son nombres: no podrás llamar a tu hijo García o Gutiérrez, ni Gucci o Nutella.
- Prohibidos nombres completos que resulten famosos: este es el caso de nombres como Rafa Nadal, Indiana Jones o Anna Karenina.
- Los diminutivos y los acrónimos no están permitidos: el Registro Civil no admite inscribir bebés con nombres como Pepita, Anita o Juanito. Tampoco se admite como válido un nombre a partir de abreviaturas o siglas.