Los vecinos de municipios de menos de 5.000 habitantes que estén interesados en beneficiarse de las ayudas abiertas por la Diputación de Málaga por nacimiento o adopción de niños van a tener más días para presentar sus solicitudes. En concreto, tal y como ha acordado la institución supramunicipal, hasta el próximo 14 de septiembre.
Así queda recogido en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de este jueves, publicación en el que se justifica esta decisión en que el periodo de presentación inicial viene a coincidir con la etapa estival y siendo claro el interés por otorgar el máximo de subvenciones posible.
El plan diseñado por la Corporación supramunicipal para este año incluye 318.800 euros. La cuantía máxima a conceder no podrá superar los 1.200 euros por cada nacimiento o adopción de hijo/a.
De acuerdo con las bases que rigen esta convocatoria, los fondos reservados se aplicarán para satisfacer cualquier gasto corriente relacionado con la manutención, atención, cuidados diversos, mantenimiento, protección y subsistencia del menor nacido o adoptado que realicen los progenitores o adoptantes.
Asimismo, se precisa que dado que no tiene carácter inventariable dado el rápido crecimiento de los menores, "en los primeros años de vida serán igualmente subvencionables los gastos relacionados con los elementos de transporte y desplazamiento de los menores (carritos y los distintos elementos que lo integran, sillas de paseo, y asientos para coche), elementos decorativos y mobiliario de menores (trona, cuna, colchón, bañera, hamaca, cambiadores, cómodas, bañera con cambiador plegable, cubete, etc)".
Eso sí, se fija un límite máximo de 300 euros por concepto, quedando excluido, en cualquier caso, el mobiliario de menores de carácter fijo, entendiendo por éste como los elementos de carpintería, ebanistería, muebles de obra y demás sistemas mixtos integrados y/o anclados en la edificación.
El abono de la subvención se realizará con carácter anticipado a la justificación, una vez aprobada la resolución de concesión, previa comprobación de que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda, la Seguridad Social y la Diputación.
Al tiempo, se precisa que serán gastos subvencionables los que tengan como fecha de emisión o de expedición desde el 1 de septiembre de 2019 y hasta seis meses posteriores al acuerdo de concesión de las ayudas. Los justificantes deberán presentarse hasta el 30 de septiembre de 2022 incluido.