Vista de Málaga, que quiere organizar la Expo Internacional del año 2027.

Vista de Málaga, que quiere organizar la Expo Internacional del año 2027.

Málaga

Así funciona la Comisión Nacional para la candidatura de Málaga como sede de la Expo de 2027

El Pleno del ente, presidido por el ministro de Asuntos Exteriores, estará compuesto por 27 miembros. De ellos, doce serán representantes de la Junta, la Diputación y el Ayuntamiento.

26 enero, 2022 10:44
Málaga

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La Comisión Nacional impulsada por el Gobierno central para defender y apoyar la candidatura de Málaga como sede de la Exposición Internacional del año 2027 ya funciona de manera oficial. Apenas un día después de ser aprobada por el Consejo de Ministros, la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Real Decreto 59/2022 confirma su creación de manera formal.

¿Pero para qué va a servir este órgano? De acuerdo con lo recogido en el documento oficial, el ente, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, tiene como finalidad “la realización de cuantas actividades preparatorias sean necesarias” para que citado ministerio “notifique la candidatura” de Málaga y "para que se proceda a la adecuada tramitación e inscripción de la citada candidatura".

El órgano tiene de plazo hasta las 17:00 de este viernes para presentar la carta de apoyo del Gobierno español a la candidatura de la capital de la Costa del Sol. Una carrera en la que va a competir seguro con Estados Unidos, que presenta al estado de Minnesota; Tailandia, con la provincia de Phuket, y Serbia, que se postula con Belgrado.  

El Real Decreto, además, precisa que entre las funciones de la comisión están impulsar la campaña de Málaga como sede de la Expo, a fin de lograr que España consiga que sea la ciudad elegida; mantener las relaciones necesarias con la Oficina Internacional de Exposiciones; articular la participación de todas las administraciones públicas en la preparación de la Expo; recabar la colaboración del sector privado, así como de otros actores cuando se estime conveniente.

La Comisión Nacional estará presidida por la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, que podrá ser sustituida por la persona titular de la Vicepresidencia del Pleno de la Comisión.

El Pleno estará compuesto por la persona titular de la Presidencia de la Comisión Nacional y por la persona titular de la Delegación del Gobierno en Andalucía, que ocupará la Vicepresidencia, y por dos personas representantes, con rango de director general, pertenecientes al Ministerio de Asuntos Exteriores, en calidad de vocales.

A estos hay que agregar diez representantes con rango de director general, cada una de ellas designada por los ministerios de Hacienda y Función Pública; Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; Educación y Formación Profesional; Industria, Comercio y Turismo; Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; Política Territorial; Transición Ecológica y Reto Demográfico; Cultura y Deporte; Derechos Sociales y Agenda 2030; y Ciencia e Innovación. 

Habrá otros cuatro representantes de la Junta de Andalucía; cuatro de la Diputación Provincial de Málaga, y cuatro del Ayuntamiento de Málaga. Por cada vocal del Pleno será designado un suplente, con nivel administrativo mínimo de subdirector general o equivalente. 

La secretaría actuará con voz, pero sin voto, y corresponderá a una persona, con rango al menos de subdirector general o equivalente, designada por la Presidencia de la Comisión Nacional. La persona titular de la Presidencia de la Comisión Nacional podrá convocar a las reuniones de la Comisión a representantes de otros departamentos ministeriales, de otras administraciones públicas o de cualquier otra entidad pública o privada que permita la participación de diferentes miembros de la sociedad civil, quienes participarán en calidad de expertos.

Entre las competencias que tiene atribuidas el Pleno están las de aprobar el programa de actuaciones de la Comisión Nacional; supervisar su ejecución; recabar la colaboración de los departamentos ministeriales, de otras administraciones públicas, y de organismos o entidades, públicas o privadas, para el cumplimiento de sus funciones, objetivos y proyectos; coordinar, apoyar e impulsar las actividades de otros organismos o entidades públicas y privadas y particulares que considere adecuadas para la consecución de sus objetivos; proponer a la Presidencia la designación de los miembros del Comité Ejecutivo y de sus respectivos suplentes, y elaborar las normas de funcionamiento interno de la Comisión. 

Para asegurar la debida ejecución y seguimiento de los acuerdos de la Comisión Nacional, se crea un Comité Ejecutivo, presidido por la persona titular de la Delegación del Gobierno en Andalucía, que estará integrado por: un representante del Ministerio de Asuntos Exteriores; otro del Ministerio de Transportes; otro del Ministerio de la Presidencia; otro del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030; otro de la Junta de Andalucía; otro de la Diputación de Málaga; otro del Ayuntamiento de Málaga.

Esta Comisión Nacional dejará de desempeñar sus funciones y se considerará extinguida una vez cumplidos los objetivos de su creación. El Real Decreto señala que la constitución y funcionamiento de este órgano no supondrá incremento del gasto público, indicando que todos los cargos tendrán carácter honorífico, no percibiendo retribución alguna.