La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre por abusar de su hija un día cuando ella tenía 6 años y le ha impuesto dos años y medio de prisión, acordando la sustitución de la pena por la expulsión del territorio nacional durante diez años.
Según se declara probado en la sentencia, el acusado, nacido en Holanda, aprovechó en fecha indeterminada de 2011 que se encontraba a solas con la menor y con otro hijo de más corta edad y se metió en la cama de la niña cuando esta estaba dormida.
Así, la resolución señala que el hombre se puso a su lado y comenzó a tocarle sus partes íntimas por debajo de su ropa interior. Por esto, se le condena como responsable de un delito de abuso sexual.
Además de la pena de prisión se le impuso la medida de libertad vigilada que se concreta en la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros ni a su domicilio o lugar que frecuente, ni de comunicarse con ella por cualquier medio.
En cuanto a la responsabilidad civil, no se acuerda nada y no se hace pronunciamiento expreso al respecto, al haber abonado el acusado antes del juicio la cantidad de 10.000 euros.
Asimismo, se acuerda la sustitución de las penas privativas de libertad por la expulsión del territorio español por un periodo de diez años, ya que ninguna de las partes se opuso a que se aplicara dicha medida.
Es más, añade que procede acordar la expulsión del hombre teniendo en cuenta el informe emitido por el ministerio fiscal, por la acusación particular, la conformidad mostrada por la defensa del acusado.
La sentencia se dictó in voce en el juicio y es firme, ya que las partes se mostraron todas de acuerdo con la acusación tras modificar el fiscal su escrito, instando a que se aplicara la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde que se produjeron los hechos.