Noticia de calado en el futuro de uno de los grandes iconos del ocio en la Costa del Sol en las últimas décadas: el parque de atracciones Tívoli. La apuesta del Ayuntamiento de Benalmádena por salvaguardar el futuro de estas instalaciones, blindando su emplazamiento mediante una modificación del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) acaba de ser tumbada por los tribunales.
En concreto, la Sala de lo Contencioso en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el ajuste urbanístico aprobado por el Pleno municipal en abril de 2023 tras validar el recurso formulado por la propiedad del parque, Grupo Tremon. "El acuerdo se anula por no ser conforme a derecho", se destaca en el fallo judicial, fechado el pasado 31 de octubre.
La determinación, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Málaga, supone un revés severo en la pretensión municipal de intervenir sobre los terrenos sobre los que se asienta Tívoli, buscando con ello evitar cualquier operación especulativa. El complejo lleva ya más de cuatro años cerrado.
De acuerdo con el contenido de la sentencia, el tribunal pone de relieve la "ausencia de concreción" del supuesto "interés público" que motivaría el cambio de uso planteado en la modificación del planeamiento.
"En la justificación motivadora del cambio no observamos ninguna referencia a un interés público directamente satisfecho por la recalificación parcial del espacio como sistema general de equipamiento destinado a aparcamiento con transferencia de toda la edificabilidad a la parcela definida como EQ-A que ocupa actualmente el parque de atracciones", se dice literalmente.
Al tiempo que se añade: "No se explica la necesidad específica de una zona de aparcamiento de más de 20.000 metros cuadrados, ni su catalogación como sistema general de equipamiento, en definitiva a qué demanda social pretende dar satisfacción con una superficie significativa y alcance general para la integridad del municipio, de manera que se identifique con la debida precisión su utilidad para el funcionamiento urbanístico de la globalidad del municipio, cuando el parque de atracciones al que pretendidamente sirve no recibe esta calificación de sistema general".
El motivo que llevó al Ayuntamiento a ir adelante con este acuerdo plenario no era otro que abrir la puerta a recuperar la parcela del Tívoli en el supuesto de que la propiedad dejase de darle uso como parque de atracciones.
Hay que recordar que antes de producirse esta sentencia, el Consejo Consultivo de Andalucía ya emitió un dictamen contrario a la propuesta municipal. En concreto, en el documento, fechado el 27 de julio de 2022, el ente autonómico informaba "desfavorablemente" del expediente tramitado por el Ayuntamiento, respecto de la Modificación Puntual del PGOU en el ámbito de planeamiento denominado PA-SUC-UE 89 Tívoli.
Respuesta del Ayuntamiento
El alcalde de Benalmádena (Málaga), Juan Antonio Lara, ha lanzado un mensaje de tranquilidad y ha pedido prudencia respecto a la sentencia relativa al parque de atracciones. "Estamos estudiando en profundidad la sentencia", ha afirmado, indicando quer el fallo "acredita que la única vía para la reapertura de Tívoli es una negociación seria, rigurosa y responsable".
El regidor ha recordado que "el anterior equipo de Gobierno aprobó la modificación del PGOU a 45 días de las elecciones, sin contar con los trámites legalmente preceptivos y vinculantes, pues se omitió, entre otros, el necesario informe del Consejo Consultivo de Andalucía".
"Esta sentencia pone de manifiesto que la actuación del Gobierno anterior fue precipitada y atendió únicamente a fines electoralistas, y que en la práctica ha perjudicado nuevamente a Tívoli y a sus trabajadores", ha expresado el alcalde.