Dicen que la banca siempre gana. Y Hacienda también. Este martes ha empezado la campaña de la declaración de la renta y el erario público vuelve a frotarse las manos. En el caso concreto de Málaga, espera ingresar 330 millones de euros más de lo que tendrá que devolver a los ciudadanos.
Así lo han indicado desde la propia Agencia Tributaria, que detallan que esta campaña correspondiente al año 2022 esperan ingresar un total de 658 millones de euros en la provincia de Málaga, un 6,5% más que el año pasado, y devolver 328 millones, un 0,6% menos. El resultado neto, por tanto, es un beneficio para las arcas públicas de 330 millones de euros.
En el conjunto nacional pasa lo mismo. La Agencia Tributaria quiere ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más, y devolver a los contribuyentes 9.946 millones, un 2,4% menos, por lo que el saldo a favor del Estado, que no hay que olvidar que al final somos todos como la famosa campaña publicitaria, será de 6.502 millones de euro. Un buen pico para hacer frente a parte de los numerosos gastos que supone vivir en un estado de bienestar como el que gozamos.
Este año se espera que se hagan un total de 791.131 declaraciones de la renta en la provincia de Málaga, un 4% más que en la campaña correspondiente al año 2021. De ellas, 653.485 serán en modo individual y 137.646 conjuntas.
Por otra parte, es llamativo que, pese a que Hacienda ingresa mucho más dinero del que devuelve, es bastante mayor el número de declaraciones que implican una devolución. Hay, por tanto, menos personas a las que les sale a pagar que a devolver, pero el importe es mayor. Habrá 255.000 declaraciones positivas y 456.000 a devolver.
El plazo para presentar la declaración de la renta por internet ha empezado este martes 11 de abril y concluirá el 30 de junio, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio.
¿Quiénes no están obligados a declarar?
En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.
Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros:
- Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.
Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV.