Imagen del Pleno del Ayuntamiento de Málaga.

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Málaga quitará la exigencia de ser conviviente para tener las máximas bonificaciones en el pago de la plusvalía

El Pleno del Ayuntamiento de Málaga capital aprueba por unanimidad introducir cambios en la ordenanza en el caso de transmisiones mortis causa.

27 enero, 2022 16:19
Málaga

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La solución final a la polémica generada en Málaga en torno al impuesto de plusvalía por razones mortis causa, que es el que se aplica a los parientes que heredan la vivienda de sus padres cuando estos fallecen, sigue viva. Aunque sujeta a cambios de cierta relevancia.

Apenas una semana después de anunciar los cambios que va a introducir en la ordenanza que regula este tributo, el equipo de gobierno integrado por el Partido Popular y Ciudadanos pretende ser más ambicioso en la adopción de medidas. Si bien no prevé su eliminación, como reclaman desde los grupos de la oposición, sí asumen el compromiso de mejorar las condiciones de los que se beneficien de las bonificaciones ya previstas en la norma.

En concreto, se va a eliminar el requisito de conviviente para que los familiares que heredan un bien inmueble puedan aspirar a reducciones en el pago de la plusvalía mortis causa de hasta el 95%. Un punto que ha sido objeto de debate en el Pleno ordinario del Ayuntamiento que se celebra este jueves en la Casona del Parque.

La cuestión ha sido puesta sobre la mesa por el grupo municipal del PSOE, que ha formulado una moción de urgencia en la que volvía a reclamar la eliminación del impuesto. Algo a lo que se ha negado el PP. Sin embargo, el concejal de Economía y Hacienda, Carlos Conde, ha propuesto una enmienda finalmente aprobada por la unanimidad de los concejales.

La misma fija la exigencia al equipo de gobierno por parte del Pleno para "modificar la ordenanza del impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana excluyendo de la misma y de forma progresiva los requisitos de convivencia para el acceso a las bonificaciones para las transmisiones mortis causa de la vivienda habitual".

La literalidad de lo recogido supone una alteración significativa de lo anunciado días atrás. En ese momento se precisó que la aplicación de bonificaciones que podían llegar al 95% del impuesto de Plusvalía afectaba a los convivientes y siempre que el valor catastral del inmueble objeto de la transmisión tuviese un valor catastral inferior a 100.000 euros. Cuando es superior, la bonificación va progresivamente desde el 95% al 25%.

La bonificación del 95% se aplica en todos los supuestos (independientemente del valor catastral) en los que el beneficiario empadronado tiene la condición de pensionista, persona desempleada, menor de 30 años, persona con discapacidad o víctima de violencia de género cuando sus ingresos no exceden del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual vigente para 14 pagas multiplicado por 1,7 (914.32€/mes o 12.800,48 €/año).