La aprobación definitiva del marco normativo que permitirá la puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Málaga entra en su recta final. Y ello enciende de nuevo el interés ciudadano por una cuestión que, llegado el momento, será relevante para el día a día de miles de conductores.
Para resolver dudas, el Ayuntamiento dispone desde hace meses de una herramienta que permite a los usuarios consultar si las calles en las que viven o por las que habitualmente transitan con sus vehículos están dentro de las 437 hectáreas de territorio de la capital que estarán con circulación limitada.
Por medio del Geoportal existente en la web del Consistorio, es posible fijar la lupa sobre todas y cada una de las vías que estarán sometidas las limitaciones planteadas para la ZBE. Para llegar al lugar exacto, tras entrar en la dirección del Geoportal habrá que desplegar la pestaña de Medio Ambiente (a la izquierda de la Web).
En ese momento, aparecen una serie de referencias, al final de las cuales se recogen tres pestañas relacionadas con la ZBE. Entre ellas, no sólo la delimitación, sino también las relativas a los sonómetros que se instalan para medir el ruido y las cabinas de control. Una vez marcadas las tres, el mapa del centro de la pantalla dibujará el área completa. Y mediante el zoom será posible acercarse a la calle donde usted reside.
Lo que es evidente es que por más que la zona de afectación es importante, quedan fuera de su ámbito toda la zona Este, Teatinos, Puerto de la Torre, Carretera de Cádiz, buena parte de Cruz cde Humilladero y Bailén-Miraflores, Palma-Palmilla...
Conforme a la hoja de ruta trazada, durante el primer año de aplicación todos los vehículos podrán circular por la ZBE, aplicándose limitaciones de manera paulatina. La previsión es que sea a partir del tercer año cuando los coches o motos no domiciliados en Málaga, que tengan etiqueta B o carezcan de ella, "no podrán circular", con advertencia de sanción grave de 200 euros.
Primer año
Durante el primer año, todos los vehículos, con independencia de si tienen o no etiqueta y de la zona de la que procedan, tendrán libre acceso.
Segundo año
Los filtros empezarán el segundo año. En este caso, podrán acceder sin limitación los de etiqueta Cero, Eco, C y B, así como aquellos que carezcan de la misma pero estén domiciliados en Málaga. Es decir, los que vengan de fuera de la ciudad y no tengan etiqueta no podrán entrar.
Tercer año
El tercer año se da una nueva vuelta de tuerca. Podrán acceder a la Zona de Bajas Emisiones los vehículos con etiqueta Cero, Eco y C. En el caso de los que tengan B y aquellos que carezcan de la etiqueta sólo podrán entrar los domiciliados en Málaga capital (no los de fuera).
Furgonetas
En el caso de las furgonetas, durante los cuatro primeros años pueden entrar los que tengan etiqueta Cero, Eco, C, B y los que carezcan de ella. Es el quinto año cuando se aplican las primeras restricciones, ya que no podrán acceder los de etiqueta B que no estén domiciliados en Málaga ni aquellos que carezcan de etiqueta.
La circulación de la ZBE queda libre también para transporte colectivo regular para viajeros, taxi/VTC, vehículos históricos y camiones. Y será libre, previa autorización, para asistencia sanitaria, fuerzas y cuerpos de seguridad, servicios municipales y servicios privados de especial necesidad.
Delimitación con las calles
La delimitación final está formada por el paseo marítimo Antonio Machado, la avenida Ingeniero José María Garnica, la Explanada de la Estación, la plaza de la Solidaridad, la avenida de las Américas, la avenida de la Aurora, los Jardines de Picasso, la avenida de Andalucía, la calle Compositor Lehmberg Ruiz, calle Hilera, calle Santa Elena, calle Honduras, calle Arango, calle Martínez Maldonado, avenida de Barcelona, plaza del Hospital Civil, avenida Doctor Gálvez Ginachero, calle Mazarredo, avenida del Arroyo de los Ángeles, Paseo de Martiricos, calle Huerto de los Claveles, calle Marqués de Cádiz, calle Juan del Encina, calle Empecinado, plaza Capuchinos, Alameda de Capuchinos, plaza Olletas, calle Toquero, calle Obispo González García, calle Amargura, calle Ferrándiz, Paseo Salvador Rueda, calle Rafael Pérez Estrada y paseo marítimo Pablo Ruiz Picasso.
Límites de velocidad
La nueva ordenanza, además, actualiza el límite general de velocidad en vías urbanas de acuerdo con lo establecido en establecido por el Reglamento General de Circulación. La norma tradicional (el límite de 50 km/h en vías urbana) sólo se excepciona mediante la correspondiente señalización específica en concretas vías o espacios de la ciudad.
La reforma del Reglamento General de Circulación establece un cambio sustancial que ya se está aplicando en la ciudad y que ahora se incorporará al articulado municipal: el 30 km/h (son las calles de un solo carril por sentido que representan el 80% del viario de la ciudad de Málaga) y sólo excepcionalmente 50 km/h (en vías con más de 2 carriles por sentido o cuando específicamente la autoridad decida aumentar en una vía el límite de 30 km/h).
Otro detalle relevante de la nueva norma es que se fija la obligatoriedad de usar el casco para conducir Vehículos de Movilidad Personal (tanto en carril bici como en la calzada). A esto se suma la obligatoriedad de llevar el certificado de circulación previsto en la normativa nacional.