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Si comparamos la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible con una buena receta gastronómica podríamos afirmar que tras meses de preparación y cocción, el plato está listo para salir del horno y ser servido. Superado el trámite de la Comisión de Urbanismo y Movilidad, la última versión del documento será validada este lunes por el Pleno. Y entrará en vigor al día siguiente de que sea publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Málaga.

A la espera de alcanzar ese hito temporal, es de interés general conocer los principales detalles de una norma que va a permitir la puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), mecanismo con el que la ciudad pretende rebajar en los próximos años el peso de los vehículos más contaminantes sobre un área de 437 hectáreas del entorno urbano.

Si bien la ZBE es la protagonista indiscutible de la última actualización de la Ordenanza de Movilidad, no es la única. El texto al que han dado forma los técnicos municipales presta especial atención a la regulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), elevando el control sobre los mismos.

Es justamente este el motivo por el que desde el momento en que entre en vigor la norma los conductores de patinetes eléctricos están obligados a circular con casco y con el certificado para su circulación. En caso de no hacerlo se exponen a ser multados con 200 y 100 euros, respectivamente.

Son numerosas las causas de sanción recogidas en relación con los vehículos de movilidad personal. Más allá de los ejemplos anteriores, el documento penaliza con 100 euros conducir un monopatín, patín o patinete sin motor causando molestias al resto de los usuarios de la vía. Esta es la misma suma que tendrán que pagar los conductores de menos de 16 años que conduzcan un VMP

Ir con un patinete eléctrico sin sistema de frenada, timbre, luces delanteras y traseras, o elementos reflectantes y/o catadióptricos, se penaliza con 200 euros, e ir sin las luces encendidas a cualquier hora del día, con 100 euros (de ocurrir esto de noche, la multa crece a los 200 euros).

Las sanciones se disparan hasta los 500 euros si se circula un VMP bajo los efectos de bebidas alcohólicas en tasas superiores a las permitidas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes; si se circula de forma temeraria, o si se circula realizando competiciones.

Atendiendo al anexo de sanciones recogido en la ordenanza municipal, las penalizaciones más gravosas se traducen en 500 euros. Entre ellas se incluyen, por ejemplo, la modificación o alteración del contenido de las señales de tráfico verticales u horizontales, semáforos, balizamientos o bandas blancas o negras de los pasos de peatones, así como colocar en todos estos elementos carteles, anuncios, paneles informativos u otros objetos que impidan o limiten a los conductores o peatones una perfecta visibilidad.