Desde este fin de semana vuelven las multas en Madrid a aquellos vehículos más contaminantes que quieran acceder al centro de la capital.
Hasta ahora, había un período de gracia (también informativo) mediante el cual los conductores de los coches que entraban en el nuevo Madrid Central, ahora conocido como Madrid Distrito Centro, eran informados, pero no sancionados. Pues bien, una vez pasados los tres meses previstos para esta fase informativa, ya comienzan las sanciones.
¿Qué zonas están afectadas? Pues actualmente es lo que se conoce como ZBEDEP (Zona de Bajas Emisiones de Distrito Centro). Se trata de un perímetro que engloba a calles tan populares como la Gran Vía, la calle Alcalá, la Plaza de las Cortes, Calle del Prado… En definitiva es el Distrito Centro que anteriormente era conocido como Madrid Central.
Esto es ahora, en diciembre, de 2021. Pero también tenemos que señalar que, desde enero de 2022, la situación se va a recrudecer. Entre otras cosas porque el día uno del próximo mes entra en funcionamiento lo que se conoce como Madrid ZBE, que prácticamente podemos decir que es todo el perímetro que se engloba dentro de la M30. Por lo tanto, es como si dijéramos que Madrid Central o Madrid 360 pasa a ser todo aquello que está enmarcado dentro de la M30.
Esto, supone que sean muchos los vehículos con limitaciones para moverse por Madrid. Unos criterios de movilidad que vendrán impuestos por la catalogación de los vehículos por medio de las etiquetas o distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico. Hablamos de los coches que no tienen etiquetas o de aquellos que cuentan con los distintivos B (amarillo), C (verde), ECO (azul y verde) y CERO (azul).
Qué vehículos pueden pasar a la ZBEDEP Distrito Centro
Pues a Madrid Distrito Centro solo pueden acceder aquellos vehículos que tienen distintivo ambiental. Y cuando decimos que tienen no nos referimos a que físicamente tengan la pegatina, sino a que el vehículo esté catalogado como un coche con 'derecho' a tener la pegatina.
Por tanto, los vehículos que no tienen pegatina son:
Combustible | Fecha de matriculación | Normativa Euro |
Gasolina | Hasta el año 2000 | Anteriores a Euro 3 |
Diésel | Hasta el año 2006 | Anteriores a Euro 4 |
Esto significa que si tu coche o moto tiene un motor de gasolina y tiene (a día de hoy) 21 años o más es más que probable que no tenga la etiqueta de la Dirección General de Tráfico y, por lo tanto, le afecten estas restricciones.
En el caso de los diésel y como estaríamos hablando de los matriculados hasta 2006 serían aquellos vehículos con 15 o más años de antigüedad.
Por poner un ejemplo, una moto con la matrícula M 6196 YV, que –como es lógico por ser una moto- es de gasolina y está matriculada en el año 2000, es un vehículo que no tiene distintivo ambiental y por lo tanto no puede entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Distrito Centro.
La única excepción que permite el Ayuntamiento de Madrid para entrar en esta zona es que estés empadronado precisamente en ese distrito y si el vehículo es de tu propiedad y está domiciliado en Madrid.
Tengo un coche diésel de más de 10 años… ¿puedo entrar?
Vayamos al supuesto ahora de un coche diésel con la matrícula 6142 GRT. Se trata de un vehículo de gasóleo matriculado en el año 2009. Al ser un diésel, por tanto, y con una fecha de matrícula posterior a 2006 entonces me corresponde el distintivo B, la etiqueta amarilla.
Pues bien con esta matrícula, al ser un turismo, sí puedo entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Distrito Centro, aunque tengo que aparcar en una estación de parking de uso público que esté conectada con el Ayuntamiento. También hay otras excepciones como estar empadronado en el distrito centro, ser una empresa o autónomo que ejerzo la actividad en este distrito o ser propietario o tener alquilada una plaza de garaje en el distrito.
Tengo un coche con etiqueta C… ¿hay restricciones?
Pongamos el caso de que nuestro coche es de gasolina y es posterior a 2006. O incluso que es diésel y se ha matriculado después de 2014. Entonces, tenemos un coche con etiqueta C, la verde.
Pues bien este caso es muy similar a los que tienen etiqueta B. Es decir solo pueden pasar a la Zona de Bajas Emisiones Madrid Centro en el caso de que aparquen en un parking público conectado, o si estamos domiciliados en el distrito Centro o tenemos una plaza allí alquilada.
Mi vehículo es eco… ¿Puedo entrar?
Pongamos el caso de que tengo un coche con hibridación ligera (microhíbrido), un coche híbrido, un coche de GLP, GNC o incluso un híbrido enchufable de baja autonomía (menos de 40 kilómetros). Entonces, nuestro vehículo es un coche con el distintivo ECO.
De esta manera, con este vehículo no tendremos ninguna restricción para movernos por el Distrito Centro. Podremos entrar y salir las veces necesarias y aparcar en superficie sin necesidad de tener que pagar un parking subterráneo. Por lo tanto, para los usuarios que viven en Madrid y suelen moverse por el centro como mínimo deberían tener un vehículo con esta etiqueta.
Mi vehículo es cero… todas las ventajas
En el caso de contar con un híbrido enchufable o un eléctrico puro, no hay restricción alguna. Incluso, sí muchas ventajas como aparcar en zona SER (estacionamiento regulado) completamente gratis.
Cuándo pasa todo Madrid a en Zona de Bajas Emisiones
Tal y como hemos señalado será desde el próximo 1 de enero de 2022, cuando el municipio de Madrid se convierta en Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Esto significa que desde 2022 aquellos vehículos sin etiqueta tendrán restricciones. No obstante, las restricciones dependen de si estás empadronado.
A continuación, detallamos cómo queda el calendario…
Fecha | Prohibición de la circulación | A quién afecta | Etiqueta |
1/1/2022 | Interior de la M30 (sí se puede en M30) | No residentes de Madrid | Sin etiqueta DGT |
1/1/2023 | Interior de la M30 y en la M30 | No residentes de Madrid | Sin etiqueta DGT |
1/1/2024 | Por todo Madrid ZBE | No residentes de Madrid | Sin etiqueta DGT |
1/1/2025 | No se puede entrar en Madrid ciudad | Residentes y no residentes | Sin etiqueta DGT |
¿Por qué ya no se llama Madrid Central?
Pues principalmente porque ha cambiado algo el concepto y también el nombre. Esto viene dado por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la que anulaba Madrid Central por defectos formales.
Esta anulación se aplicó tras los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil DVuelta Asistencia Legal.
Ecologistas en Acción, por su parte, presentó un recurso, pero finalmente el Tribunal Supremo no lo admitió, confirmando así la anulación de Madrid Central. El 8 de septiembre el Ayuntamiento recibía el aviso de contar con un plazo de diez días para anular Madrid Central.
Por ello ahora el Gobierno tiene aprobó esta nueva normativa para así cumplir con la sentencia que dice adiós a Madrid Central.
Etiquetas de los vehículos
Y por último repasamos cómo son las etiquetas de los vehículos:
Los de etiqueta B son aquellos que:
- Tiene fondo de color amarillo
- Gasolina Euro 3 (entre 2000 y 2006)
- Diésel Euro 4 y Euro 5 (entre 2006 y 2014)
Los de etiqueta C son aquellos que:
- Tiene fondo de color verde
- Gasolina Euro 4, Euro 5 y Euro 6 (desde 2006)
- Diésel Euro 6 (desde 2014)
La etiqueta ECO son aquellos que:
- Tiene fondo de color verde y azul
- Vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km
- Vehículos híbridos no enchufables (HEV)
- Vehículos propulsados por gas natural
- Vehículos propulsados por gas natural comprimido (GNC)
- Gas licuado del petróleo (GLP)
Los de etiqueta CERO son aquellos que:
- Tiene fondo de color azul
- Destinada a los siguientes vehículos:
- Vehículos eléctricos de batería (BEV)
- Vehículo eléctrico autonomía extendida (REEV)
- Vehículo de hidrógeno (HICEV)
- Vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con autonomía mínima de 40 kilómetros
- Vehículo de pila de combustible