La Dirección General de Tráfico es la institución que vela por el mantenimiento de la seguridad vial y porque todo funcione de la manera más correcta posible en las carreteras. El principal reto de este organismo es acaba con la siniestralidad en nuestras vías.
Para eso, pone especial énfasis en cuestiones como el control de la velocidad, mejorar la seguridad en los vehículos o tener mano dura con aquellos conductores que consumen ciertas sustancias como alcohol y drogas al volante. Y es precisamente en relación a esta cuestión donde se producirá próximamente un cambio importante.
La DGT se encuentra ultimando un gran paquete de medidas que traerá consigo grandes cambios para reforzar el reglamento. Uno de ellos será reducir los límites de alcoholemia para los conductores noveles y profesionales, los cuales tendrán menos margen para consumir ciertas sustancias si no quieren ser multados o incluso si no quieren perder su licencia de conducción y cometer un delito.
Los cambios de la DGT
La Dirección General de Tráfico lleva varios años ideando un amplio paquete de medidas para realizar una gran reforma del reglamento de circulación. Con estas medidas pretende proteger a los usuarios más vulnerables de la vía. Uno de los grandes cambios afectará directamente a dos colectivos de conductores.
El primero de ellos será el de los conductores noveles. Y el segundo, el de los conductores profesionales. Ambos tienen el límite de alcoholemia en 0,30 gramos por litro de alcohol. O lo que es lo mismo, 0,15 miligramos por litro de aire espirado. Con los cambios introducidos por la DGT, estos límites varían, ya que se reducen. Ambos caerán hasta los 0,20 gramos por litro de alcohol, es decir, 0,10 miligramos por litro de aire espirado.
La Dirección General de Tráfico considera estas reformulaciones de los límites una decisión fundamental para reducir los riesgos al volante. Además, forman parte de una reforma del Reglamento General de Circulación que lleva varios años cociéndose a fuego lento y que pretende proteger a los colectivos más vulnerables. Estos son peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de VMP.
Sin embargo, estos no son los únicos cambios que se pondrán en marcha. Otra de las medidas más mediáticas es que se establece una edad mínima para usar vehículos de movilidad personal. Estos no se podrán utilizar hasta cumplir los 16 años y será obligatorio llevar casco.
Las reformas también afectan a los conductores profesionales de patinetes eléctricos y elementos similares, que suelen ser principalmente repartidores, los cuales deberán llevar de manera obligatoria el chaleco reflectante. Estas medidas han sido confirmadas por Susana Gómez, subdirectora adjunta de Vehículos de la DGT.
El real decreto de modificación inició este miércoles su fase de audiencia e información pública para que las entidades o personas interesadas hagan aportaciones. Después, será turno para que pase al Consejo de Ministros tal y como informa Servimedia.
Estos cambios se unen a otros ya anunciados con anterioridad como el permiso a los motoristas de circular por el arcén cuando haya retenciones. Respecto a las motos, el código de circulación obligará a llevar guantes de protección y casco integral o modular en carretera, así como "calzado cerrado" en todo tipo de vías.
Uno de los propósitos de Tráfico es reducir los índices de siniestralidad de los vehículos de dos ruedas, los cuales habían crecido en 2023. Otro cambio importante es que los cascos de quienes viajen en ciclomotor deben estar obligatoriamente homologados y no solamente certificados. Los pasajeros también deben llevar guantes de protección y "calzado cerrado".
Este texto recoge nuevos cambios que llegan a modo de novedad. Uno de ellos es que en autovías y autopistas, los vehículos deberán ir por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los de emergencia y quitanieves cuando se produzcan nevadas. Además, cuando el ritmo sea lento, como el de un peatón, deberán orillarse para dejar libre un "carril de emergencia".
Cambios para los ciclistas
El paquete de medidas de la DGT también incluye un apartado para los usuarios de bicicletas en vías interurbanas. El objetivo es aumentar su protección, pero también el cumplimiento de sus obligaciones.
A partir de ahora, los conductores que los adelanten deberán circular como mucho a 20 kilómetros por hora menos del límite de velocidad establecido. Por ello, tendrán que hacerlo a 70 kilómetros por horas en las vías limitadas a 90 kilómetros por hora, por ejemplo. Además, se mantiene la obligación de dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros y de hacer un cambio completo de carril en algunos supuestos.
En contraposición, los ciclistas deberán que llevar "al menos" un elemento luminoso o reflectante cuando haya condiciones de escasa visibilidad o cuando sea por la noche para que puedan ser vistos a "una distancia mínima de unos 150 metros".