Cada vez es más la gente que vende su coche a través de plataformas de segunda mano o incluso de redes sociales, pero aún hay quienes colocan el cartel de "se vende" con las características propias del vehículo en los cristales del mismo, para así captar la atención de posibles compradores que pasen por la zona donde está estacionado el vehículo. Sin embargo, por muy común que resulte, no significa que sea adecuado ya que podría suponer una sanción de hasta 1.000 euros.

Las autoridades municipales consideran que aparcar un coche que tiene colocado un cartel de "se vende" constituye un uso indebido e injustificado de la vía pública y que contribuye a la contaminación visual del entorno urbano. La multa por saltarse esta normativa no es nada pequeña, tal y como hemos mecnionado anteriormente, la sanción que puede alcanzar los 1.000 euros. 

Estos carteles se suelen ver en coches aparcados en la calle o en garajes, pero hay, incluso, algunos conductores que circulan con estos papeles bloqueando la visibilidad de una de las ventanillas o incluso de la luna.

Imagen de archivo de un cartel en el coche.

Al igual que si colgamos cualquier elemento en el retrovisor que nos suponga pérdida de visibilidad a la hora de conducir, circular con objetos pegados al cristal del vehículo supone una infracción de tipo grave y así lo recoge el artículo 19 del Reglamento General de Circulación:"La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos".

En este sentido, llevar cualquier objeto en la luna, los retrovisores o las ventanillas que suponga una pérdida de visibilidad y, por tanto, una mayor probabilidad de accidente puede suponer una multa que asciende a los 200 euros.

Además, según ha avisado la ANCOVE (la Asociación Nacional de Comerciantes de Vehículos), muchos de los coches con cartel de venta provienen de grupos comerciales organizados. Esto supone, a la hora de remitir cualquier problema o daño, la exención de garantías que sí estarían cubiertas por los portales de compraventa actuales o comercios profesionales.

La multa más común

Tal y como podemos comprobar la mayoría de españoles, la Dirección General de Tráfico impone multas de todo tipo, económicas, perdida de puntos, e incluso, en los casos más graves, la retirada del carnet de conducir con el objetivo de garantizar seguridad en las carreteras. 

En este sentido, y coincidiendo con las operaciones de salida y retorno de vacaciones, una de las sanciones más comunes y peligrosas es el exceso por velocidad. La DGT establece penalizaciones estrictas para disuadir a los conductores de sobrepasar los límites establecidos. Las multas por exceso de velocidad varían según la magnitud de la infracción, pudiendo alcanzar hasta 600 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet de conducir

Además, en casos extremos, donde se supera en más de 60 km/h el límite permitido en vías urbanas o en más de 80 km/h en vías interurbanas, el conductor puede enfrentarse a sanciones penales, incluyendo la posible privación del derecho a conducir.