Imagen de archivo del carnet de conducir.

Imagen de archivo del carnet de conducir.

Motor

Última llamada: la DGT insta a devolver a estos conductores el carnet de conducir en un plazo máximo de 15 días

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido una advertencia dirigida a aquellos conductores que se encuentran en situaciones especiales.

11 agosto, 2024 16:04

El permiso de conducir es un documento que los conductores siempre deben llevar encima cuando van a manejar un vehículo. Algo que en la actualidad resulta más fácil que nunca gracias a la aplicación de la Dirección General de Tráfico (DGT), que permite que lo llevemos siempre con nosotros a través del teléfono móvil. Sin embargo, hay unos casos determinados en los que la propia organización obliga a devolverlo en un plazo máximo de 15 días. 

En concreto, hace referencia a situaciones en las que se nos pierde o nos roban dicho carnet. Cuando ocurre esto, la Dirección General de Tráfico, emite uno nuevo (siempre que esté en vigor), pero si luego aparece el carnet antiguo que estaba extraviado, este tiene que ser devuelto a la DGT en un plazo de 15 días. No cumplir con esta acción puede llegar a considerarse fraude en documentos públicos, con penas de 3 a 6 años de prisión. 

Así lo confirma la propia DGT a través del artículo 11 del Reglamento General de Conductores, que dice que en estos casos "el titular del permiso debe devolver el original a la Jefatura Provincial de Tráfico que lo hubiere expedido". De hecho, tener el original y el duplicado es motivo de multa y si un agente se percata de ello recogerá el original de manera inmediata y dará cuenta del hecho a las autoridades.

Imagen de archivo de un carnet de conducir.

Imagen de archivo de un carnet de conducir.

Asimismo, existen otras circunstancias que pueden obligarnos a devolver esta documentación. La DGT también advierte que todos aquellos conductores que hayan cambiado de casa o de datos personales.

"Si has cambiado de domicilio debes comunicar a tráfico tu nueva dirección postal en un plazo de 15 días para que puedan llegarte nuestros envíos de notificaciones y comunicaciones, evitando por ejemplo así, que no te enteres de la notificación de una multa y se te pase el plazo para pagarla", recuerdan desde la DGT, según está contemplado en el Reglamento General de Conductores (art. 10).

No realizar este trámite podría hacer que el ciudadano pierda el derecho a la bonificación por pronto pago de multas o incluso problemas a la hora de circular por desconocer si sobre nosotros pesan realmente sanciones de tráfico.

Otro de los escenarios que requiere la devolución inmediata del carné es el caso de la acumulación de infracciones graves o la pérdida total de puntos. En estos casos, los conductores deben entregar su carné en la Jefatura de Tráfico correspondiente. Conducir sin un permiso vigente puede acarrear multas de hasta 6.000 euros o incluso penas de cárcel, especialmente si se reincide en esta práctica.

Asimismo, en función de la edad, resulta conveniente señalar que los conductores tienen que someterse periódicamente a reconocimientos médicos y psicotécnicos para demostrar que reúnen las condiciones físicas y mentales para poder conducir. En caso de no superar estas pruebas, puede que se le retire el permiso de manera cautelar hasta que demuestre estar apto después de un nuevo reconocimiento. En el futuro, si consigues demostrar mediante otro reconocimiento médico que se ha recuperado el 100 % de las capacidades físicas y mentales, se podrá volver a solicitar una licencia

Por último, otra de las situaciones por las que un conductor se verá obligado a devolver el carnet de conducir es en el caso de los extranjeros residentes en España. Aquellos que lleven más de 6 meses en el país estarán obligados a canjear su carné de conducir extranjero por uno español. Este proceso requiere la entrega del antiguo permiso y la superación de las pruebas teóricas y prácticas necesarias.