Radar de control de velocidad.

Radar de control de velocidad. iStock

Motor

La DGT realiza un cambio radical en los radares desde junio: multarán a partir de esta velocidad

A partir de junio, la DGT implementará un cambio significativo en los radares de velocidad, ajustando las velocidades a partir de las cuales se activarán.

30 mayo, 2024 18:37

Los radares de velocidad se encuentran desplegados por la extensa red de carreteras del territorio nacional, teniendo por objetivo mantener el control sobre la velocidad a la que circulan los conductores. De esta manera, se busca que contribuyan a reducir los posibles accidentes de una manera eficaz.

Tanto fijos como móviles, los radares controlan la velocidad a través de una tecnología de medición de kilómetros recorridos en un tiempo determinado, de forma que es posible saber si el vehículo circula o no a la velocidad permitida.

Los parámetros de los radares

En los controles de velocidad se utiliza un margen de error que determina que, si el vehículo supera el límite de ese número en kilómetros, no será multado. Ahora, la DGT prepara un cambio total en los radares a partir de junio, de forma que habrá modificaciones en el margen de error y, ahora, se reducirá el margen de tolerancia en la lectura de los radares.

Hasta el momento se aplicaba la "regla del 5 y del 7", unos números que indican el margen de error en las mediciones llevadas a cabo tanto en los radares fijos como en los móviles, y que funcionaba de la siguiente manera:

  • En aquellas carreteras en las que la velocidad máxima autorizada de la vía es menor o igual a 100 km/h, el margen de error o tolerancia era de +- 5 km/h en radares fijos y de +-7 km/h en el caso de los radares móviles. De esta forma, el 5 y el 7 indicaban los km/h, de manera que, si el conductor excedía la velocidad máxima en 5 km/h en los radares fijos o 7 km/h en los móviles, no recibía sanción alguna por exceso de velocidad.
  • En aquellas vías con una velocidad máxima autorizada por encima de los 100 km/h, el margen de error de +- 5 y +- 7 indicaba porcentajes en función de ese máximo, es decir, que se podía superar hasta un 5% de la velocidad en el caso de los radares fijos y hasta un 7% en el caso de los radares móviles.

Sin embargo, ahora todo cambiará, ya que esos márgenes de error se encontraban establecidos de acuerdo a la calidad técnica de los radares homologados. Los fabricantes tenían en cuenta estos márgenes de tolerancia en las mediciones, y eran los que se tenían en cuenta para el sistema y las multas, si bien ahora la precisión tecnológica de los radares ha mejorado y se han reducido los márgenes de error. Así, son homologados radares con menor margen de error y la medición en las carreteras es más precisa.

La velocidad a la que van a saltar los radares a partir de junio

Los sistemas e instrumentos utilizados para la medición de la velocidad de los vehículos para la mejora de la seguridad vial están regulados por la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre. En esta orden se indica la obligatoriedad del Estado de encargarse del control y homologación de los instrumentos.

De acuerdo a las mismas, las entidades gubernamentales deben actualizar la normativa de forma periódica, y a finales del año 2023 fue emitida una orden ministerial que dispuso cambios para modificar la medición metrológica de los radares.

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En la actualidad los radares actuales son más precisos y tienen un menor margen de error, lo que hará que la "regla del 5 y del 7" ya mencionada, pasará a transformarse en la "regla del 3 y el 5". Por lo tanto, en aquellas rutas en las que la velocidad máxima supere los 100 km/h, el límite se fijará en un 3% del límite de velocidad para los radares fijos y un 5% para los radares móviles.

Con motivo de la nueva normativa, se produce un impacto directo en las mediciones y las propias consecuencias de circular al límite de la velocidad máxima determinada para cada vía. De esta forma, el conductor tiene que estar especialmente atento para no superar los límites, ya que la ventana de error será mínima.

Cómo saber la velocidad real a la que circulas

Para evitar caer en una multa por exceso de velocidad, es necesario conocer la velocidad real a la que circulas con tu coche, siendo conscientes de que la velocidad que marca el velocímetro de tu vehículo siempre es superior a la real. Esto es así por ley y sucede en todos los coches, con independencia de la marca o el modelo, y tanto si se trata de un velocímetro analógico o digital.

Según la UN ECE Regulation 39, y establece que la velocidad indicada no puede ser inferior a la velocidad real del vehículo, con un margen de error máximo sobre la velocidad real del 10% + 4 km/h (en Estados Unidos la desviación máxima es solo de un 4%).

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Teniendo esto en cuenta, para conocer la velocidad real a la que se está circulando, se puede utilizar un GPS, un dispositivo mucho más preciso que escapa de las regulaciones comunitarias. En su caso, realiza el cálculo de la velocidad mediante un sistema basado en la conexión de los satélites, y si te fijas en él, verás como la velocidad que indica siempre es inferior a la mostrada por el velocímetro.

Además, existen distintas aplicaciones móviles que ofrecen más fiabilidad que el velocímetro, que son apps que se conectan con el GPS del vehículo, para poder determinar la velocidad exacta a la que se circula.