La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la sentencia del Juzgado número Nueve, de Familia, que limitó a dos años el tiempo en que una mujer podría seguir recibiendo la pensión compensatoria porque se dedicó toda su vida a la familia y no se insertó en el mundo laboral.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el juzgado estimó la demanda presentada por su exesposo y fijó ese límite temporal al pago de la pensión compensatoria de 200 euros mensuales fijado en la sentencia de separación, al tiempo que mantuvo la pensión por alimentos para el hijo.
Al recurrir la sentencia, la mujer alegó que no habían variado sus circunstancias personales desde la separación y que ahora tenía 58 años , lo que empeoraba sus posibilidades de hallar trabajo.
Por su parte, su exmarido señaló al oponerse a la estimación del recurso que la recurrente había mantenido una actitud pasiva en la búsqueda de empleo y que no había demostrado haber mantenido las entrevistas de trabajo alegadas.
La sala de la Audiencia, al estimar el recurso y anular la limitación temporal de la compensatoria, dice que la dedicación de ella a la familia hizo que no adquiriera formación y experiencia, por lo que su incorporación al mundo laboral es harto difícil.
El fallo añade que no han variado las circunstancias, sino solo la edad, lo que empeora la situación de la apelante.